Costó más de $3 mil millones la primera etapa de Silicon y su parque solar, la mitad con créditos de Nación

El dato se desprende del Boletín Oficial publicado durante el mes de marzo, sobre el convenio firmado el 29 de Diciembre de 2.022, donde a través del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, el estado provincial contrajo un Crédito Público autorizado por Nación para la construcción de la primera etapa del edificio de Silicon Misiones por la suma de 500 millones de pesos. 

La resolución establece que, en cumplimiento de la Ley Nacional N° 25.917 (Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal) y sus modificatorias, el Estado Nacional a través de la Resolución N° 271, de fecha 5 de Diciembre de 2022, de registro de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, autorizó a la Provincia a contraer el citado endeudamiento para financiar la obra SILICON MISIONES – POSADAS. DEPTO. CAPITAL. ETAPA I por el monto total de $ 500.000.000,00 (Pesos Quinientos Millones).- 

 

Además, el decreto N° 2687 del 21 de Diciembre de 2.022, autoriza otro endeudamiento entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Misiones para financiar la obra “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO SILICON MISIONES” por la suma
de hasta Pesos Un Mil Cuarenta y Tres Millones Seiscientos Once Mil Seiscientos Once con 11/100 centavos ($ 1.043.611.611,11).

Asímismo, los artículos 2 y 3 del decreto publicado el Viernes 3 de Marzo de 2023, otorgan dos financiamientos por otros 800 millones de pesos más cada uno, totalizando una suma superior de 3 mil millones de pesos para la primera etapa de Silicon y el parque solar inaugurados por el gobierno de la provincia durante el mes de marzo frente al aeropuerto de Posadas. 


El expediente N° 3000-1681/2022, registro del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos,
caratulado: “E/ PTO. DTO. CONVENIO DE MUTUO FFFIR Y PROV. DE MNES – SILICON”; y
CONSIDERANDO:
QUE, la Ley Nacional N° 24.855, crea el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, y tiene por objeto asistir a las provincias y al Estado Nacional en la financiación de obras de infraestructura económica y social;
QUE, la Provincia de Misiones se adhirió a la Ley Nacional N° 24.855 – de Desarrollo Regional y Generación de Empleo, mediante la Ley XXI – N° 51 (antes Ley 3749);
QUE, por Decreto N° 2086/22 se aprobó el Modelo de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera entre el Fondo
Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Misiones;
QUE, el cuarto párrafo del Artículo 35 de la Ley Provincial VII – N° 94, autoriza al Poder Ejecutivo a contraer Crédito
Público cuyo destino es la inversión pública en obras de saneamiento, electrificación urbana o rural, energética, equipamiento eléctrico, bienes de capital u otras obras de infraestructura social o productivas en el marco de programas y
proyectos de la Unidad para el Cambio Rural, u otros, que son ejecutadas en el conjunto de los municipios. Así como
también, para el desarrollo de sistemas informáticos, aplicación de procesos tecnológicos, conectividad y otras erogaciones destinadas a la modernización y fortalecimiento del Estado;
QUE, en cumplimiento con lo establecido en la Ley Nacional N° 25.917 (Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal)
y sus modificatorias, el Estado Nacional a través de la Resolución N° 271 de fecha 5 de Diciembre de 2022 de registro de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación autorizó a la Provincia a contraer el citado
endeudamiento;
QUE, en el expediente mencionado en el visto obra Dictamen 27/22 del Fiscal de Estado de la Provincia, considerando
procedente la operación a llevarse a cabo, como también, Dictamen de la Contaduría General de la Provincia, sin objeciones para la sususcripción del Convenio;
QUE, por lo expuesto asisten al Poder Ejecutivo facultades para disponer la presente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE el Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera suscripto el 29 de Diciembre de 2022
entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, representado por el Señor Presidente Cr. Bruno Ruggeri
y la Provincia de Misiones, representada por el Señor Gobernador Dr. Oscar Herrera Ahuad, que como ANEXO forma
parte del presente para financiar la obra SILICON MISIONES – POSADAS. DEPTO. CAPITAL. ETAPA I por el
monto total de $ 500.000.000,00 (Pesos Quinientos Millones).-
ARTÍCULO 2°.- LAS erogaciones emergentes del Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera, ratificado por el Artículo 1° del presente Decreto, serán imputadas en las partidas específicas de la Jurisdicción 10 – Obligaciones a Cargo
del Tesoro, del presente Ejercicio y Ejercicios Futuros en el marco de lo establecido en el Artículo 47 de la Ley VII – N°
11 (antes Ley 2303).-
ARTÍCULO 3°.- REFRENDARÁN el presente Decreto los Señores Ministros Secretarios de Coordinación General de
Gabinete, de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos y de Educación, Ciencia y Tecnología.-
ARTÍCULO 4°.- REGÍSTRESE. Comuníquese a los Ministerios de Coordinación General de Gabinete, de Hacienda,
Finanzas, Obras y Servicios Públicos y de Educación, Ciencia y Tecnología, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Fiscalía de Estado, Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Ingresos y
Finanzas y Coordinación Fiscal, Unidad Sectorial de Coordinación y Ejecución de Programas y Proyectos Especiales y
Dirección de Deuda Pública. Dese al Boletín Oficial para su publicación. Remítase copia certificada al Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional. Cumplido. ARCHÍVESE.-
HERRERA AHUAD – Wellbach – Safrán – Sedof

 

 


VISTO: El expediente N° 3000-1612/2022, registro del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos,
caratulado: “CONVENIO MUTUO DE ASISTENCIA FINANCIERA ENTRE EL FFFIR Y LA PROVINCIA – PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO”; y
CONSIDERANDO:
QUE, la Ley Nacional N° 24.855, crea el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, y tiene por objeto asistir a las provincias y al Estado Nacional en la financiación de obras de infraestructura económica y social;
QUE, la Provincia de Misiones se adhirió a la Ley Nacional N° 24.855 – de Desarrollo Regional y Generación de Empleo, mediante la Ley XXI – N° 51 (antes Ley 3749);
QUE, a fs. 3/17 del expediente de referencia, obra proyecto de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera entre el
Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Misiones;
QUE, dicho proyecto de convenio prevé todos los aspectos técnico-financieros aplicables para la operatoria, donde
el Fondo asistirá para financiar la obra “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO SILICON MISIONES” por la suma
de hasta Pesos Un Mil Cuarenta y Tres Millones Seiscientos Once Mil Seiscientos Once con 11/100 centavos ($
1.043.611.611,11);
QUE, el cuarto párrafo del Artículo 35 de la Ley Provincial VII – N° 94, se autoriza al Poder Ejecutivo a contraer Crédito Público cuyo destino es la inversión pública en obras de saneamiento, electrificación urbana o rural, energética,
equipamiento eléctrico, bienes de capital u otras obras de infraestructura social o productivas en el marco de programas
y proyectos de la Unidad para el Cambio Rural, u otros, que son ejecutadas en el conjunto de los municipios. Así como
también, para el desarrollo de sistemas informáticos, aplicación de procesos tecnológicos, conectividad y otras erogaciones destinadas a la modernización y fortalecimiento del Estado;
QUE, con fecha 30 de Agosto del 2022 a través del Dictamen N° 026/22 el Señor Fiscal de Estado de la Provincia opinó
que la operación a llevarse a cabo va en consonancia con las facultades otorgadas por el Art. 35 de la Ley VII – N° 94;
QUE, a foja 37 que obra en el expediente de referencia el Dictamen del Señor Contador Mayor A/C de la Contaduría
General de la Provincia determinando que no se encuentran objeciones para la suscripción del CONVENIO aludido;
QUE, el Artículo 25 de la Ley Nacional N° 25.917 y sus modificatorias del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal,
establece que los gobiernos provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los municipios para acceder a
operaciones de endeudamiento y otorgar garantías y avales, elevarán los antecedentes y la documentación correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, el que conjuntamente con el MINISTERIO DE ECONOMÍA efectuarán un
análisis a fin de autorizar tales operaciones conforme a los principios de la presente ley;
QUE, mediante Resolución N° 231 de fecha 4 de Noviembre de 2022 de la Secretaría de Hacienda dependiente del
Ministerio de Economía de la Nación se autorizó a la Provincia de Misiones a contraer el endeudamiento citado;
QUE, por lo expuesto asisten al Poder Ejecutivo facultades para disponer la presente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE el Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera suscripto el 2 de Diciembre de 2022
entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Misiones, que como ANEXO forma
parte del presente.-
ARTÍCULO 2°.- INCORPÓRASE E INCREMÉNTASE el Financiamiento y Financiamiento Neto del Presupuesto
vigente en la suma de $800.000.000 (PESOS OCHOCIENTOS MILLONES), de acuerdo al siguiente detalle:
Planilla Anexa al Artículo 6 de la Ley VII – N° 94
FINANCIAMIENTO
ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
En Pesos
Posadas, Viernes 3 de Marzo de 2023 BOLETÍN OFICIAL Nº 15825 Pág. 3
CONCEPTO TOTAL ADMINISTRA –
CIÓN CENTRAL
ORGANIS –
MOS DESCENTRALIZADOS
Afectado a:
4. FINANCIAMIENTO 800.000.000 
4.3 USO DEL CRÉDITO 800.000.000 
4.3.1 Afectado a Obras Públicas 800.000.000 
FFFIR 800.000.000 800.000.000
PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO SILICON MISIONES
800.000.000 800.000.000 04-05
ARTÍCULO 3°.- INCORPÓRESE E INCREMÉNTASE la suma de $ 800.000.000 (PESOS OCHOCIENTOS MILLONES) al Presupuesto Vigente en la Jurisdicción 04 – Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos,
conforme al siguiente detalle:
UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 05 – SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
Cuenta Especial 08 – Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Reg.:
04-05-2-08-7-30-2-05-052-05220 Por Terceros
S.C.D. 0-01 – PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO SILICON MISIONES $ 800.000.000
ARTÍCULO 4°.- PÓNESE a disposición de la Dirección del Servicio Administrativo de Obras y Servicios Públicos
hasta la suma de $ 800.000.000 (PESOS OCHOCIENTOS MILLONES) mediante la Orden de Disposición de Fondos
N° 152/22.-
ARTÍCULO 5°.- INSTRÚYESE a la Tesorería General de la Provincia a habilitar una Cuenta Corriente en Pesos en la
Sucursal Posadas del Banco de la Nación Argentina, Orden Conjunta Tesorero y Sub – Tesorero de la Provincia, la que
funcionará como receptora y pagadora de los fondos que en ella se depositen para financiar la obra a ejecutar a través
de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, que se denominará conforme se detalla:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MISIONES – CUENTA CORRIENTE EN PESOS – FFFIR
PARQUE SOLAR FOTOVALTAICO SILICON MISIONES -Posadas – N 0051-22
ARTÍCULO 6°.- AUTORÍZASE a la Tesorería General de la Provincia, a transferir desde la cuenta N° 300100000000239
TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA a la cuenta bancaria descripta en el Artículo 5° los importes necesarios
que emanen de las comisiones, gastos e IVA por los servicios bancarios emergentes de ésta última.-
ARTÍCULO 7°.- LOS débitos por los servicios a que se hace referencia en el Artículo precedente, se efectuarán en la
cuenta corriente N° 300100000000239 de titularidad de la TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA habilitada
en el Banco Macro Misiones S.A. – Casa Central .-
ARTÍCULO 8°.- FACÚLTASE a la Contaduría General de la Provincia, a proceder a las registraciones contables y presupuestarias de los débitos en virtud de las comisiones, gastos bancarios e IVA, por los servicios bancarios emergentes
de la cuenta habilitada por el Artículo 5° del presente Decreto, con imputación a las partidas específicas del presupuesto
en vigencia de la Jurisdicción “Obligaciones a Cargo del Tesoro”.-
ARTÍCULO 9°.- LA Tesorería General de la Provincia efectuará los pagos conforme a lo establecido en Artículo 138
de la Ley de Contabilidad VII – N° 11 (Antes Ley 2303) y su reglamentación, previa autorización escrita del señor Ministro Secretario de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, quien una vez concluida y efectuada la recepción
definitiva y pago de las obras objeto de la presente operatoria, instruirá a la Tesorería General a los fines de que proceda
al cierre de las cuentas bancarias respectivas.-
ARTÍCULO 10°.- LAS erogaciones emergentes del Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera, ratificado por el
Artículo 1° del presente Decreto, serán imputadas en las partidas específicas de la Jurisdicción 10 – Obligaciones a
Cargo del Tesoro, del presente Ejercicio y Ejercicios Futuros en el marco de lo establecido en el Artículo 47 de la Ley
VII – N° 11 (Antes Ley 2303).-
ARTÍCULO 11°.- REFRENDARÁN el presente Decreto los Señores Ministros Secretarios de Coordinación General
Pág. 4 BOLETÍN OFICIAL Nº 15825 Posadas, Viernes 3 de Marzo de 2023
de Gabinete y de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos. –
ARTÍCULO 12°.- REGÍSTRESE. Comuníquese a los Ministerios de Coordinación General de Gabinete y de Hacienda,
Finanzas, Obras y Servicios Públicos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Fiscalía
de Estado, Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Ingresos y Finanzas y Coordinación Fiscal, Dirección del Servicio Administrativo de Obras y Servicios Públicos y Dirección
de Deuda Pública. Dese al Boletín Oficial para su publicación. Remítase copia certificada al Fondo Fiduciario Federal
de Infraestructura Regional Cumplido. ARCHÍVESE.-
HERRERA AHUAD – Wellbach – Safrán
El convenio se encuentra a disposición en el Boletín Oficial

Anuncio publicitario

Un comentario sobre “Costó más de $3 mil millones la primera etapa de Silicon y su parque solar, la mitad con créditos de Nación

Los comentarios están cerrados.