La concejal de La Libertad Avanza, Mara Frontini, solicitó a las autoridades de la CELO y al intendente Pablo Hassan que informen sobre la situación financiera de la cooperativa, en particular, referido a las pérdidas por más de 12 mil millones de pesos que figuran en un informe realizado por el contador y respecto al despido de la auditora interna que detectó y alertó irregularidades.
Infober publicó la semana pasada un informe de 27 páginas enviado por la auditora (despedida sin causa el 19 de junio de 2026) a la presidente de la CELO, María Emilia Pires, el 28 de enero de este año, revela una serie de irregularidades con el sistema GLM. Más tarde, otro informe con la fima del contador G. M., del 3 de junio de 2026 pone en conocimiento del gerente Omar Olsson (ex diputado Renovador) 12 páginas donde detalla inconsistencias y una perdida de más de 12 mil millones.
Oberá – Misiones, 29 de junio del 2026.-
A LA SRA. PRESIDENTE DE LA COOPERATIVA ELÉCTRICA LIMITADA OBERÁ (CELO) MARÍA EMILIA PIRES S_________________ /____________ D
De mi mayor consideración: En mi carácter de Concejal de la Ciudad de Oberá, y en ejercicio de las funciones de control y fiscalización que me competen, me dirijo a Ud. a fin de solicitar un informe detallado respecto de diversas cuestiones vinculadas con la situación contable, administrativa e institucional de la Cooperativa Eléctrica Limitada Oberá (CELO), conforme surge del informe técnico elaborado con fecha 03 de junio de 2026 por el Contador de esa Cooperativa. En atención a la urgencia e importancia institucional de los hechos expuestos, solicito que el presente requerimiento sea contestado con la mayor celeridad posible y, en ningún caso, más allá del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la recepción de la presente, informando lo siguiente:
1. Si el Consejo de Administración tomó conocimiento formal del informe elaborado por el Contador Público de la CELO, indicando la fecha de su tratamiento y remitiendo copia del acta correspondiente.
2. Cuáles fueron las causas que originaron las inconsistencias contables descriptas en dicho informe y desde qué fecha se verifican.
3. Qué medidas concretas fueron adoptadas para corregir las observaciones formuladas y cuál es el estado actual de cada una de ellas.
4. En caso de que las obligaciones observadas hubieran sido cumplidas pero no registradas contablemente al momento de emitirse el informe, informar las causas de dicha omisión y la fecha en que fueron incorporadas a la contabilidad. Asimismo, indicar si fueron posteriormente registradas las obligaciones correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA), al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, al beneficio previsto en el artículo 21 de la Ley 27.541, las compensaciones efectuadas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), los aportes y contribuciones a la Seguridad Social, las retenciones del régimen SICORE, las Tasas Municipales, los pagos efectuados al EPRAC, al IMAS, los planes de pago, multas, intereses y demás obligaciones observadas por el profesional actuante, acompañando la documentación respaldatoria correspondiente.
5. Si fueron revisadas y conciliadas las cuentas observadas por el profesional actuante, particularmente las vinculadas con EMSA, Mercado Pago, Macroclick y demás cuentas con inconsistencias, acompañando la documentación respaldatoria correspondiente.
6. Informar de qué manera fueron confeccionadas las liquidaciones mensuales de los tributos durante el período analizado, considerando las registraciones pendientes y la desactualización contable señaladas en el informe técnico. Asimismo, indicar si dicha situación originó fiscalizaciones, determinaciones de oficio, ajustes, multas o requerimientos por parte de los organismos tributarios, remitiendo la documentación correspondiente.
7. Si el Estado de Resultados correspondiente al período enero-abril de 2026 fue posteriormente rectificado como consecuencia de la incorporación de registraciones pendientes y, en caso afirmativo, remitir copia del Estado de Resultados actualizado, indicando si el resultado originalmente informado sufrió modificaciones. Asimismo, informar si la pérdida del ejercicio informada para dicho período, por la suma de $12.129.776.073, fue modificada como consecuencia de la incorporación de ingresos, impuestos, pagos u otras registraciones pendientes señaladas en el informe técnico.
8. Quiénes ejercían la responsabilidad sobre la administración, supervisión y registración contable durante el período comprendido entre enero y mayo de 2026.
9. Si se iniciaron investigaciones internas, auditorías especiales, sumarios administrativos o cualquier otra actuación tendiente a determinar las causas y eventuales responsabilidades derivadas de las inconsistencias detectadas, indicando su estado actual y acompañando la documentación correspondiente.
10. Teniendo conocimiento de que existe un despido sin causa dirigido a la Auditora Interna de la Cooperativa, Contadora Pública Rosana Mariela Basila, solicito se informe cuál fue la autoridad que dispuso dicho despido, acompañando la documentación que respalde esa decisión.
11. Remitir copia de los informes contables trimestrales previstos en el artículo 81 de la Ley de Cooperativas correspondientes a los períodos comprendidos entre agosto de 2025 y abril de 2026, debidamente certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Misiones.
12. Remitir copia de los Estados Contables definitivos correspondientes al ejercicio económico 2026, junto con el Informe de Auditoría Externa y el Dictamen de la Sindicatura, indicando expresamente si las observaciones formuladas en el informe técnico de fecha 03 de junio de 2026 fueron íntegramente subsanadas.
Que, el informe técnico de fecha 03 de junio de 2026, elaborado por el Contador de la Cooperativa, pone de manifiesto la existencia de registraciones pendientes, atrasos en la actualización contable e inconsistencias que impiden asegurar que los estados contables reflejen adecuadamente la verdadera situación económica y financiera de la entidad. Que, el propio profesional deja constancia de que varias de estas observaciones ya habían sido advertidas con anterioridad mediante notas dirigidas a las autoridades de la Cooperativa, circunstancia que torna necesario conocer las medidas efectivamente adoptadas para su regularización. Que, la magnitud de las observaciones formuladas y su posible incidencia sobre la situación patrimonial, económica y financiera de la Cooperativa hacen necesario conocer si las inconsistencias detectadas han sido regularizadas, cuáles fueron las medidas adoptadas por las autoridades y si existen eventuales responsabilidades administrativas o funcionales derivadas de tales hechos. Que, la Cooperativa Eléctrica Limitada Oberá presta servicios públicos esenciales para miles de vecinos de nuestra ciudad y administra recursos de significativa importancia para la comunidad, razón por la cual resulta indispensable garantizar la transparencia de su gestión, el acceso a información pública, precisa y verificable y el adecuado control de la administración de la entidad.
