Presentaron proyecto para concesionar el ex Parque Termal

El empresario yerbatero y referente libertario en la zona centro, Pablo Klinbeil, presentó un proyecto de ordenanza par el Régimen de Concesión Publica para la explotación y desarrollo integral del «Parque de la Selva», el cual implica un llamado a licitación, la obligación de hacer inversiones para recuperar la perforación termal obstruida desde 2019 y un canon a pagar a la municipalidad de Oberá.

Oberá, Misiones, 29 de junio de 2026

AL SEÑOR PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE OBERÁ

PABLO ULLÓN S_____________ /_______D:

CONCEJO DELIBERANTE DE OBERA

De mi mayor consideración: PABLO SEBASTIAN KLINBEIL, DNI Nro 32.884.636 en mi carácter de ciudadano de la ciudad de Oberá y en ejercicio del derecho de peticionar ante las autoridades consagrados en el Artículo 14 de la Constitución Nacional, el Artículo 2 de la Constitución de Misiones y el Artículo 120 de nuestra Carta Orgánica Municipal, tengo el agrado de dirigirme a usted, y por su intermedio a la totalidad de este Cuerpo Legislativo con el motivo de elevar para su tratamiento el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA REF: ESTABLECER EL RÉGIMEN DE CONCESIÓN PÚBLICA PARA LA EXPLOTACIÓN, INVERSIÓN Y DESARROLLO INTEGRAL DEL PREDIO «PARQUE DE LA SELVA».

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE OBERÁ SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Artículo 1.- Autorización. Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el llamado a Licitación Pública nacional e internacional para otorgar en concesión la explotación, administración, mantenimiento y desarrollo de infraestructura del predio denominado «Parque de la Selva».

Artículo 2.- Objeto y mejoras. El concesionario tendrá la obligación de realizar las inversiones necesarias para la reactivación integral del parque termal, incluyendo la construcción de nuevas atracciones y servicios, garantizando estándares de eficiencia y calidad en la prestación.

Artículo 3.- Plazos. Establécese un plazo de concesión mínima de al menos CINCO (5) años como mínimo y DIEZ (10) años como máximo inicial. La extensión del plazo sera fundamentatada como causa debidamente fundada por la magnitud de las inversiones privadas requeridas para la sostenibilidad del proyecto, conforme al Artículo 78 inciso 3 de la Carta Orgánica Municipal.

Artículo 4.- Canon. El concesionario deberá abonar al Municipio un canon mensual, el cual será determinado en los pliegos de bases y condiciones de la licitación, pudiendo establecerse como un monto fijo o un porcentaje de la facturación bruta.

Artículo 5.- Afectación de recursos. Los montos recaudados en virtud del canon mensual integran una partida de afectación específica dentro del Presupuesto General de Gastos y Recursos, conforme al Artículo 197 de la Carta Orgánica Municipal. Estos fondos se destinan exclusivamente al financ¡amiento, planificación y ejecución de obras de infraestructura vial, mantenimiento y modernización de las vías de tránsito, incluyendo pavimentación, bacheo, señalización y el mejoramiento integral de la red de caminos rurales, a fin de garantizar la seguridad vial y la integración territorial de la ciudad.

Artículo 6.- Mano de obra local. El pliego de licitación deberá establecer la obligación del concesionario de otorgar prioridad absoluta a la contratación de trabajadores residentes en la ciudad de Oberá para la ejecución de obras y la prestación de los servicios, fomentando el empleo local.

Artículo 7,- Plan de manejo sustentable. Previo al inicio de la explotación, el adjudicatario deberá presentar un Plan de Manejo Sustentable que garantice la preservación del recurso hídrico y las cuencas, bajo supervisión municipal y provincial.

Artículo 8.- Régimen de no exclusividad. La presente concesión no se otorga en condiciones de monopolio. El Municipio se reserva el derecho de autorizar otras iniciativas turísticas o termales en el ejido, respetando el interés de los usuarios y la libre competencia.

Artículo 9.- Propiedad y control. El Municipio de Oberá conserva la propiedad inalienable del terreno y del recurso hídrico. El poder de policía municipal sobre la seguridad, calidad y eficiencia del servicio es irrenunciable e intransferible.

Artículo 10.- Procedimiento. La aprobación definitiva de la concesión estará sujeta al procedimiento de Doble Lectura y a la realización de una Audiencia Pública, conforme lo estipulan los Artículos 44, 112 y 113 de la Carta Orgánica Municipal. Artículo 11.- De forma. Comuniqúese, cumplido, archívese.

FUNDAMENTOS

Viabilidad Jurídica:

La iniciativa se sustenta en el derecho de los vecinos a presentar proyectos sobre temas de interés común. La Carta Orgánica Municipal faculta expresamente al municipio a prestar servicios a través de terceros mediante concesiones, siempre que se asegure la regularidad y accesibilidad. Justificación de la Inversión Privada: El turismo es reconocido como una política de estado en Oberá. Ante la actual limitación de recursos municipales para desarrollar el potencial termal del «Parque de la Selva», la concesión a un inversor privado permite dinamizar el predio, generar empleo local y atraer visitantes sin comprometer el presupuesto público.

Asimismo se contempla el Análisis de los siguientes Puntos Estratégicos:

a) Sostenibilidad Económica: La fijación de un canon asegura ingresos genuinos para el erario municipal.

b) Impacto Social: La prioridad para la mano de obra local garantiza que el desarrollo económico beneficie directamente a los habitantes de nuestra ciudad.

c) Seguridad Ambiental: El control estricto sobre el recurso hídrico y la exigencia de un plan sustentable cumplen con el mandato de proteger nuestras cuencas para las generaciones futuras.

d) Transparencia: El cumplimiento de la Doble Lectura y la Audiencia Pública garantiza que la comunidad participe y convalide este proceso de desarrollo estratégico. La apertura a la inversión privada, bajo un marco de control municipal estricto y plazos de amortización razonables, es el camino para recuperar un activo fundamental para nuestra identidad y economía local. Sin otro particular, saludo al Señor Presidente y, por su intermedio, a los demás integrantes de este Concejo Deliberante con mi mayor consideración y respeto.