La concejal libertaria Mara Frontini, presentó un pedido de informes para que el intendente Pablo Hassan de a conocer en detalles la gestión y el cobro de multas de tránsito en el municipio de Oberá, especialmente la cantidad de infracciones, anulaciones y reducciones, y por supuesto el monto recaudado.
Oberá, Misiones 25 de junio de 2026.
PROYECTO DE COMUNICACIÓN SOLICITO INFORME DETALLADO SOBRE GESTIÓN Y COBRO DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE OBERÁ
FUNDAMENTOS:
Que, la presente solicitud tiene por objeto principal obtener información precisa sobre la gestión y el cobro de las infracciones de tránsito en el ámbito municipal, a fin de contribuir a la transparencia de la administración pública, verificar el adecuado funcionamiento de los órganos competentes y garantizar el correcto resguardo de los recursos públicos.
Que, por lo expuesto, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que informe, por sí y por intermedio de las áreas y organismos municipales competentes, y que gestione ante el Tribunal Municipal de Faltas la remisión de la información que obre en dicho órgano dentro de su ámbito de competencia, en un plazo de diez (10) días hábiles contados desde el ingreso por Mesa de Entrada de la Municipalidad, la siguiente información:
• Balance de Infracciones: Cantidad total de actas de infracción de tránsito labradas durante el ejercicio 2025; cantidad de causas resueltas mediante sentencia firme; y cantidad de sentencias efectivamente abonadas durante el mismo período.
• Condonaciones, Reducciones y Anulaciones: Informe detallado sobre la cantidad de multas que hayan sido anuladas, reducidas, condonadas o dadas de baja durante el ejercicio 2025, indicando la cantidad de casos por categoría, el fundamento normativo aplicado en cada supuesto y el impacto económico correspondiente.
• Auditoría Informática: Informe técnico sobre las medidas de seguridad y auditoría aplicadas al sistema informático de gestión de infracciones, detallando la existencia de registros de modificaciones o eliminaciones manuales, la trazabilidad de dichas acciones y la identificación de los usuarios autorizados para realizarlas.
• Recaudación por Infracciones: Monto total recaudado en concepto de multas de tránsito durante el ejercicio 2025, discriminado mensualmente, indicando además el destino presupuestario asignado a dichos fondos.
• Gestión Administrativa del Cobro: Informe detallado sobre los procedimientos administrativos implementados para la gestión, seguimiento y cobro de multas de tránsito, indicando las áreas municipales intervinientes y los mecanismos de control aplicados. Que, la Carta Orgánica Municipal reconoce el derecho de todos los habitantes a solicitar y recibir información completa, cierta y oportuna de los órganos municipales, garantizando asimismo el acceso a la información pública y la publicidad de los actos de gobierno, conforme lo establecen sus artículos 86 y 87.
Que, los Concejales tienen acceso a todas las fuentes de información municipal necesarias para el ejercicio de sus funciones, encontrándose el Concejo Deliberante facultado para requerir informes al Departamento Ejecutivo Municipal sobrecuestiones vinculadas a la administración, gestión y control de los recursos públicos, conforme a las atribuciones establecidas por la Carta Orgánica Municipal.
Que, la misma Carta Orgánica atribuye al Municipio competencias en materia de tránsito y seguridad vial, comprendiendo la regulación, fiscalización y sanción de las infracciones que se produzcan dentro de su jurisdicción, constituyendo dichas facultades una función esencial para la protección del orden público y la seguridad de los vecinos.
Que, el juzgamiento de las infracciones a las ordenanzas municipales se encuentra a cargo del Tribunal Municipal de Faltas, órgano que ejerce funciones específicas conforme a la Carta Orgánica Municipal y la normativa vigente, correspondiendo al Departamento Ejecutivo Municipal la administración de los recursos, procedimientos y sistemas vinculados a la gestión y percepción de las multas que ingresan al patrimonio municipal. Que, parte de la información requerida se encuentra vinculada a la actuación de distintos órganos municipales, por lo que corresponde requerir al Departamento Ejecutivo Municipal que arbitre los medios necesarios para recabar y remitir la información obrante en las áreas y organismos competentes.
Que, resulta necesario verificar que las multas aplicadas, las eventuales reducciones, anulaciones o condonaciones otorgadas y los recursos percibidos por dicho concepto se encuentren debidamente respaldados por actos válidos, ajustados a derecho y dictados por autoridad competente, resguardando los principios de legalidad, igualdad, transparencia y adecuada administración de los recursos públicos.
