ECONOMIA. El proyecto de la reforma tributaria que en pocos días llegará al Congreso para su debate, plantea en resumen:
BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS
1. Impuesto a las Ganancias de las empresas: la alícuota bajará del 35% al 25% de forma paulatina: será del 30% en 2019 y 2020, y luego del 25% a partir de 2021. Eso sí: esta baja será para aquellas compañías que reinviertan sus utilidades. El promedio de América Latina se ubica en un 27%, y de los países OCDE, al 22 por ciento.
2. Devolución anticipada de saldo a favor de IVA: aquí también es para las empresas que inviertan en el país. Si no lo recuperaron en un período de seis meses, la devolución es automática. En concreto, la medida tiende a reducir el costo financiero de los proyectos.
3. Contribuciones patronales: se establece un mínimo no imponible de $12.000 de sueldo bruto. Como hoy no existe mínimo no imponible, la suba será progresiva desde los $2.400 en 2018, $4.800 en 2019, $7.200 en 2020, $.9.600 en 2021 y llega al piso propuesto en 2022. Dujovne aseguró que este cambio apunta a formalizar el empleo en negro.
IMPUESTO AL CHEQUE, SELLOS E INGRESOS BRUTOS
1. Impuesto a créditos y débitos: aquí se encuentra el famoso impuesto al cheque. Lo cierto es que no se elimina, sino que de forma gradual, podrán usarse como pago a cuenta de Ganancias. Con todo, Dujovne no dio detalles específicos de cómo sería ese gradualismo.
2. Ingresos brutos y Sellos: en el marco de las negociaciones con cada provincia, el objetivo del Gobierno es reducirlos a la mitad: del 8 al 4% en promedio. Sin embargo, esto entra en la categoría «en negociación», porque es un acuerdo con cada provincia. Macri también quiere que el resto de las provincias sigan el ejemplo de Córdoba y Buenos Aires, al eliminar las aduanas interiores.
EL CONSUMIDOR
1. Transferencia de Inmuebles: este gravamen se elimina. En la actualidad, afecta con una alícuota del 1,5% a todas las transacciones inmobiliarias. «No es eficiente y complica el acceso a la vivienda», dijo Dujovne. A contramano, se crea un nuevo impuesto para gravar la ganancia de capital de una segunda vivienda o vivienda para fines de lucro con una alícuota del 15% que se actualiza por inflación.
Dato importante: esto se aplica a partir de que se apruebe la ley, no antes.
2. Beneficio para autónomos: se propone duplicar el monto de deducción especial en Ganancias. Pasará de $50.000 a $100.000 anuales. Si bien se busca emparejar, esos trabajadores todavía quedan en desequilibrio con respecto a los trabajadores en relación de dependencia, que pueden deducir hasta 250.000 pesos anuales.
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RENTA FINANCIERA
1. Personas físicas, a pagar: las personas jurídicas ya pagaban, y ahora dejaría de existir la exención que tenían las personas físicas que residen en el país. Esto aplicará, por ejemplo, para los plazos fijos, las Lebacs y los bonos. La alícuota cambia según se trate de pesos o dólares.
El impuesto será del 15% sobre el rendimiento que se genere o esté indexado en moneda extranjera. En cambio, será del 5% para los instrumentos en pesos, siempre sobre el rendimiento o beneficio. La idea es que haya una convergencia del 5 al 15% mientras baje la inflación.
Un dato importante: los rendimientos del año por debajo de $52.000 no pagarán ninguna alícuota; por encima de ese valor, empiezan a pagar sobre el excedente.
2. Acciones que cotizan en el país: la Bolsa de Comercio de Buenos Aires festejó después del anuncio de la reforma, y no fue casual. Las personas físicas no pagarán un impuesto sobre las acciones.
PRODUCTOS QUE PUEDEN BAJAR O SUBIR DE PRECIO
1. Podrían bajar de precio: celulares, televisores, monitores, autos de gama media y motos de gama media. Es que las alícuotas se eliminan desde el actual 17 o 10%, según cada caso.
A su vez, baja la alícuota para las gaseosas y otras bebidas sin azúcar añadido y el impuesto mínimo y la alícuota de los cigarrillos pasaría del 75 al 70 por ciento.
2. Podrían subir de precio: las aeronaves, embarcaciones de gama alta y motos de gama alta, porque el impuesto interno sube del 10 al 20% en todos los casos. El whisky, el coñac y otras bebidas blancas tienen una alícuota del 20% y subiría para ubicarse entre un 20 y 29 por ciento. También sube la alícuota de las cervezas, de los espumosos, y de los vinos y sidras; en los dos últimos casos será gradual.
Las gaseosas con azúcar añadido se verían perjudicadas con una suba de la alícuota de un umbral del 4-8% al 17 por ciento.
Fuente: Infobae
