Ante las reiteradas consultas de padres y organizadores en Oberá y el resto de la provincia, Defensa del Consumidor ratificó la vigencia del Decreto 765/2024. Aclararon que los salones o clubes no pueden imponer el pago de aranceles de música como condición para realizar el evento. Tampoco corresponde abonar AADI ni CAPIF.
En plena temporada alta de recepciones en Oberá, donde cientos de familias hacen un esfuerzo económico enorme para celebrar el fin de ciclo de los chicos, surgió una preocupación que puso en alerta a los organizadores. En las últimas horas, la Dirección de Defensa del Consumidor de la Provincia debió emitir un aviso urgente ante la cantidad de consultas recibidas sobre una práctica que, aseguran, ya no tiene marco legal: la exigencia de pago de cánones a SADAIC por parte de salones de fiestas y clubes.
Según la información oficial a la que se tuvo acceso, diversos propietarios de salones y locaciones previstas para las fiestas de recepción estarían «insinuando» o directamente exigiendo a los padres el pago de estos aranceles como una condición obligatoria para la realización del evento o la firma del contrato.
Desde el organismo provincial fueron tajantes al respecto: el cobro de derechos de autor por la reproducción de música en ámbitos privados fue derogado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto 765/2024.
Una exigencia «ilegal»
El cambio en la normativa, que rige desde hace unos meses, modificó el concepto de ejecución pública, eximiendo a las fiestas privadas —como casamientos, cumpleaños y recepciones de egresados— del pago a las entidades de gestión colectiva.
«No puede ponerse como condición para la realización del evento, ni para la firma del contrato, ni por cualquier otro motivo. No corresponde y es ilegal», remarcaron fuentes consultadas, haciendo hincapié en que esta normativa tiene plena vigencia en todo el territorio de Misiones. La aclaración también se extiende a los aranceles de AADI y CAPIF, los cuales tampoco deben ser abonados por las familias organizadoras.
Cómo y dónde denunciar
Para las familias de Oberá que se encuentren ante esta encrucijada —donde el salón amenaza con no prestar el servicio si no se abona el canon—, la recomendación es proceder formalmente.
Se solicita que uno de los padres firmantes del contrato realice la denuncia correspondiente ante Defensa del Consumidor. La denuncia debe ser dirigida contra el salón, club o la entidad que esté requiriendo dicho pago indebido.
Para darle curso al reclamo, es necesario adjuntar:
Una nota relatando los hechos.
Copia del contrato de alquiler del salón.
Comprobantes de pago de las cuotas o del local.
La prueba del requerimiento de pago de SADAIC (mensaje, nota o correo electrónico donde se exige el cobro).
El trámite puede realizarse a distancia, sin necesidad de viajar a la capital provincial, enviando toda la documentación al correo electrónico: defensadelconsumidormisiones@hotmail.com.
Para quienes deseen hacerlo personalmente o tengan que viajar por otros motivos, la oficina se encuentra en la ciudad de Posadas, en la Avenida Mitre 2180 (frente al Mástil).
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