El Gobierno nacional promulgó las leyes de financiamiento universitario y de emergencia pediátrica –las cuales instan a entregar fondos y contemplan una recomposición salarial–, en el marco del último día de plazo para aplicarlas. Sin embargo, postergó su aplicación hasta que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento.
En ambos decretos aclaró que la publicación se da “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 24.629″, la cual establece: “Toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.
El presidente Javier Milei había vetado ambas normas en nombre del equilibrio fiscal, pero la oposición logró ratificarlas en Diputados y en el Senado. Horas antes de la promulgación, los médicos del Hospital Garrahan y las universidades volvieron a reclamar por su reglamentación ante el riesgo de que la Casa Rosada opté por no aplicarlas, como sucedió con la ley de discapacidad.
Finalmente, por medio del Decreto 759/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aplicó la Ley 27.795, que establece el financiamiento de la educación universitaria y la recomposición del salario docente. De esta manera, tendrá la obligación de asegurar y profundizar los programas de bienestar estudiantil, e incrementar la inversión en programas de becas estratégicas y de estudio en los niveles universitario y preuniversitario.
“El Poder Ejecutivo deberá definir las partidas presupuestarias destinadas al programa ‘Desarrollo de la Educación Superior’, con el fin de afianzar el ingreso, la permanencia y la terminalidad del estudiantado, así como garantizar su formación continua. Las mismas deberán garantizar las condiciones laborales y salariales de docentes y no docentes, incrementar los recursos orientados a la incorporación de tecnología digital e impulsar la formación y el fortalecimiento de la planta de personal”.
Además expresó: “Se dispone la necesidad de ampliar la oferta de carreras universitarias y preuniversitarias, promover y profundizar la función de extensión universitaria y desarrollar y consolidar la función de investigación en las universidades públicas. También se prevé la provisión y el mantenimiento de la infraestructura y el equipamiento de las universidades, junto con el impulso de las acciones pertinentes para la internacionalización inclusiva de la enseñanza, la investigación y la extensión universitaria”.
En tanto, señaló que la Auditoría General de la Nación realizará un control administrativo externo de las universidades y “de manera inmediata” remitirá al Congreso informes con observaciones y un plan de seguimiento y control.
“La presente ley podrá financiarse con los incrementos de ingresos corrientes recaudados por encima de los montos presupuestados (o prorrogados) como ingresos”, informó.
