Un grupo de socios de la cooperativa, integrantes de La Legión, enviaron una nota tanto al síndico de la CELO como a la presidente protestando por la eliminación del formato papel de la factura de servicios. «El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico», citan textualmente la ley de defensa del consumidor como argumento.
REFERENCIA: SOLICITA MODIFICACIÓN DE DISPOSICIÓN
ELIMINACIÓN FORMATO PAPEL DE BOLETA DE PAGO
OBERA-MISIONES, 17 de julio de 2025.-
Sra. PRESIDENTE DE LA
COOP. ELECT. LIMITADA DE OBERÁ
ING. MARÍA EMILIA PIRES
PRESENTE
De nuestra consideración:
HUGO ESTEBAN DELGADO, socio Nº20225, NESTOR MATTOS, socio Nº5875, ELIANE SERFAS, socio N°40591, FERNANDO PFEIFFER, socio N°52167 y CARLOS REBECHI, socio Nº34893, por intermedio de la presente nos dirigimos a Ud. a efectos de requerir la MODIFICACIÓN de la Disposición por la cual el Consejo de Administración determina la Eliminación del FORMATO PAPEL para las BOLETAS de PAGO que los Socios reciben a domicilio
Nuestro Estatuto Social CELO nos ampara en cuanto al presente planteamiento, conforme Art.12 inc.c que establece: “Son obligaciones de los Asociados … c) Acatar las resoluciones de los órganos sociales, SIN PERJUICIO DEL DERECHO DE RECURRIR CONTRA ELLAS en la forma prevista en este estatuto y POR LAS LEYES VIGENTES …”
Es decir, los Socios tenemos consagrado el derecho de reclamar ante disposiciones otorgadas, en este caso por el Consejo de Administración de la CELO (uno de los Órganos Sociales), que vulneren algún derecho adquirido del Socio.
Para un segmento determinado de socios, es realmente un PROBLEMA la eliminación del soporte papel de las boletas de pagos, y su entrega a domicilio; sobre todo, porque se cuenta con un sector de usuarios de edad avanzada, jubilados y pensionados, que han recibido durante mucho TIEMPO la Facturación en formato papel y a domicilio; y cuentan con escasos o nulos conocimientos tecnológicos.
Se obliga al Socio a registrar un correo electrónico: sin embargo, NO TODOS LOS SOCIOS tienen internet, NO TODOS LOS SOCIOS tienen correo electrónico y MUCHOS SOCIOS, reiteramos, están habituados a recibir su Factura a domicilio; lo cual no ha sido contemplado por el Consejo de Administración.
En este sentido la CELO vulnera la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, ya que su Art.4 dispone: “Información. El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Sólo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición”
En consecuencia, esta Disposición de la CELO hubiese ameritado una aceptación voluntaria del Socio, de manera fehaciente y formal, incluyendo en esta decisión de la Cooperativa un “CARÁCTER OPTATIVO” para aquel Socio que así lo considere conveniente.
Por lo tanto y en vista a lo expuesto, SOLICITAMOS:
1)- MODIFIQUE la Disposición por la cual se procede a la ELIMINACIÓN del FORMATO PAPEL de la BOLETA DE PAGO que el SOCIO recibe a Domicilio.
2)- DISPONGA el CARÁCTER OPTATIVO de la Disposición, para todo SOCIO que decida mantener el FORMATO PAPEL de la BOLETA DE PAGO que recibe a domicilio.
3)- MANTENER el servicio a domicilio para Socios de Avanzada Edad, jubilados y pensionados y/o para TODO aquel Socio que ASÍ LO CONSIDERE.
CUIDEMOS LA CELO
(Art.5 inc. p – Estatuto Social CELO)
(Art.62 – Estatuto Social CELO)
(Art.57 inc. a – Estatuto Social CELO)
RESPETEN AL SOCIO
Atentamente.
HUGO E. DELGADO NESTOR MATTOS ELIANE SERFAS
Socio N°20225 Socio N°5875 Socio N°40591
FERNANDO PFEIFFER CARLOS REBECHI
Socio N°52167 Socio N°34893
