Para quitarle 25 mil votos a Amarilla, prohibieron sufragar a las fuerzas de seguridad el 8 de junio en Misiones

Este miércoles 21 de mayo, el Tribunal Electoral de Misiones instruyó que se tache del padrón a los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad activos, en cumplimiento del artículo 48 de la Constitución Provincial. La norma es clara: “No pueden votar los miembros de las Fuerzas Armadas o de Seguridad en actividad”. Y si bien no es nueva, pocas veces había adquirido tanta centralidad política.

Desde el espacio Por la Vida y los Valores que impulsa la candidatura a diputado provincial del ex policía Ramón Amarilla, preso acusado de sedición, denuncian que la medida del Tribunal apunta a quitarle votos de sus colegas de las fuerzas que suman unos 25 mil.

El artículo 48 de la Constitución de Misiones establece que las fuerzas d Seguridad no pueden votar. Pero es una norma que pocas veces se utilizó.

La exclusión del padrón de miles de efectivos —se estima que son más de 7.000 entre Policía, Gendarmería, Prefectura y Ejército— se da en cumplimiento de la norma, pero no resulta casualidad que afectaría al representante de las protestas del año pasado, que se encuentra privado de su libertad en el Penal de Cerro Azul.