Milei eliminará «el Club de la Obra Pública» y cualquier empresa podrá presentarse en las licitaciones

El gobierno de Javier Milei elminaría el artículo 13° de la ley de obra pública (13.064) creada en octubre de 1947 que limita a los que pueden participar en la obra público.  “Créase el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, a los efectos de la calificación y capacitación de las empresas, el que se regirá por el reglamento que deberá dictar el Poder Ejecutivo”, dice.

La norma que rige desde hace 70 años excluye a quienes no están en el registro, por lo que “no favorece para nada la competencia, todo lo contrario, fomenta la cartelización ya que mientras más construyó una empresa más capacidad tiene y más obras podrá tener en el futuro”, argumentan desde el gobierno que decidió eliminar el registro y valdrá con una declaración jurada. “Quien se presente y diga que lo puede construir, podrá hacerlo sin problemas. Luego deberá atenerse a las consecuencias en el supuesto caso de que no pueda con la obra. O que haya mentido en las declaraciones, pero será una cuestión de las inspecciones», aseguran. También podrán presentarse empresas extranjeras.

Además el Registro otorga el certificado de capacidad de construcción, que da más posibilidades a las empresas que ya construyeron o construyen, bloqueando la entrada de nuevos competidores en el sector. «Muchas veces las empresas saben que nadie tiene la capacidad para el total de una obra, entonces no tienen incentivo a bajar el precio porque saben y conocen que el proyecto se repartirá y que igual tendrán su porción, no importa el precio», fundamentaron desde el gobierno.

De acuerdo a la legislación vigente, en el Registro “podrán inscribirse las personas físicas (que desarrollen la actividad y posean matrícula de comerciante), como así también las personas jurídicas del tipo sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, cooperativa, personería jurídica extranjera con sucursal en el país u otras formas societarias en cuyo objeto social sean constructoras”, sean personas físicas como persona jurídicas que desarrollen la actividad.

Ese es el primer gran cambio. Sturzenegger se pregunta por qué no podría una empresa de otra actividad presentarse a construir una ruta en un lugar que necesite infraestructura para su planta. “En su caso podrá contratar una constructora que haga la obra”, dice el ministro. Es decir, en las futuras licitaciones podría haber empresas que no pertenezcan al histórico club de la obra pública.