Facturación abusiva: denuncian que la CELO cobra 16% la tasa de alumbrado y advierten recurrir a la justicia por «delito»

Los socios Carlos Ribechi, Eliana Serfas, Néstor Mattos, Hugo Delgado y Fernando Pfeiffer, solicitan a la CELO el cumplimiento de la ordenanza respecto a la tasa municipal de alumbrado público. 

A través de una nota enviada a la presidente de la cooperativa obereña, Emilia Pires, los socios denuncian que la institución «viene facturando en concepto de Alumbrado Público sobre el consumo de Energía Eléctrica, una tasa que ronda entre el 15 y 16% promedio, resultando claramente abusiva», señalan recordando que la ordenanza aprobada en diciembre de 2023 establece «una tasa del 6% que se debe aplicar sobre el consumo de energía eléctrica de los socios».

Advierten además que analizan recurrir «ante las instancias administrativas y/o judiciales que sean pertinentes, atento a la posible comisión de un delito», respecto a este cobro excesivo. 

 

REFERENCIA: SOLICITA CUMPLIMIENTO ORDENANZA N°3294
OBERA-MISIONES, 10 de diciembre de 2024.
Sra. PRESIDENTE DE LA
COOP. ELECT. LIMITADA DE OBERÁ
ING. MARÍA EMILIA PIRES
PRESENTE

De nuestra consideración:
HUGO ESTEBAN DELGADO, socio Nº20225, NESTOR MATTOS, socio Nº5875, ELIANE SERFAS, socio N°40591, FERNANDO PFEIFFER, socio N°52167 y CARLOS REBECHI, socio Nº34893, por intermedio de la presente nos dirigimos a Ud. a efectos de requerir el CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA N°3294, referente al Nuevo CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO celebrado con la MUNICIPALIDAD DE OBERÁ
y aprobado por el Concejo Deliberante de Oberá el 28 de diciembre de 2023.

El ARTÍCULO 2 de la Ordenanza N°3294 aprobada establece: “FIJESE en concepto de Tasa Municipal de Alumbrado Público el valor
del 6% sobre el ítem del concepto de energía eléctrica, conforme lo establece el Anexo I del contrato de referencia, estableciendo topes máximos según las distintas categorías …”

Al día de HOY, la Cooperativa viene “Facturando” en concepto de Alumbrado Público sobre el consumo de Energía Eléctrica, una Tasa que ronda entre el 15 y 16% promedio, resultandoclaramente una “Tasa” abusiva que lesiona la integridad del Socio y de todos los ciudadanos de Oberá.
Cabe destacar, además, que en ninguna parte del texto normativo se MENCIONA incremento alguno del porcentaje del 6% de la TASA sobre el consumo de Energía Eléctrica; Solamente en el Anexo I se establecen topes por categorías de acuerdo a los cuadros tarifarios aprobados por la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, pero esto de ninguna manera VULNERA la TASA DEL 6% que se debe aplicar sobre el consumo de Energía Eléctrica de los Socios; por Ordenanza N°3294.

CUADRO DE SITUACIÓN
Las Boletas de Energía Eléctrica de los Socios NO SE CONDICEN con LA APLICACIÓN de la Tasa del 6% sobre el consumo de Energía Eléctrica en el ítem “Alumbrado Público”.
La violación a una ORDENANZA de carácter público, cuya aplicación se DEBE respetar de manera estricta, precisa y rigurosa, conduce indefectiblemente a LESIONAR DERECHOS SENCIBLES del Socio; por lo que, la infracción reiterada en su aplicación, puede llevar a la comisión de un delito.
Parecería, Sra. PRESIDENTE y el RESTO del Consejo de Administración, que no estarían midiendo las consecuencias de este cobro indebido, QUÉ, a primera vista, sería un plan netamente recaudatorio para perjudicar a los Socios; agravado por el incumplimiento de una Ordenanza Municipal.Fueron elegidos para MEJORAR el funcionamiento y la institucionalidad de la COOPERATIVA y se comprometieron a INFORMAR a los Socios.

TODO SIGUE IGUAL
En consecuencia, SOLICITAMOS:
1)- INFORME PORCENTAJE en concepto de TASA DE ALUMBRADO PÚBLICO que factura la Cooperativa, a los Socios.
2)- INFORME si el PORCENTAJE del 6% aprobado por Ordenanza N°3294, ha sido modificado.
3)- HACEMOS las reservas pertinentes para recurrir ante las instancias administrativas y/o judiciales que sean pertinentes, atento a la posible transgresión de la ORDENANZA N°3294.
4)- HACEMOS las reservas pertinentes para recurrir ante las instancias administrativas y/o judiciales que sean pertinentes, atento a la posible comisión de un DELITO, por acción u omisión.