A raíz del comunicado emitido por la CELO este viernes, la concejal del PRO, Mara Frontini, dio a conocer a traves de sus redes sociales la lista de compañias y cooperativas alcanzadas por la nueva normativa del gobierno nacional que prohiben cobros adicionales y tasas municipales en las facturas de servicios públicos.
«Pongo a conocimiento de los Obereños la lista de las 95 empresas imputadas por incluir tasas de manera indebida en las facturas. La Resolución 267/2024, es de injerencia nacional». «Con tu denuncia, próximamente la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá (C.E.L.O) será la Empresa N°96 de esta lista», agregó la edil que invitó a los socios a radicar las denuncias correspondiente o acercarse a su oficina en el Concejo Deliberante para asesoramiento.
Entre las 95 Empresas figuran 5 pertenecientes a la provincia de Misiones:
• ENERGÍA DE MISIONES – Electricidad de Misiones S.A, En los Municipios de Posadas, Bernardo de Irigoyen, Candelaria, Garupa, Iguazu, Apostoles, Wanda.
• SAMSA – Servicios de agua de Misiones S.A, en el Municipio de Posadas
• COOPERATIVA LUZ Y FUERZA DE L.G.S.M. LTDA en los Municipios de Puerto Rico y Garuhapé
• COOPERATIVA ELECTRICA RURAL, TELEFONICA, DE PROVISIÓN Y SERVICIOS DE EL DORADO LTDA. en el Municipio de ElDorado
• COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS LTDA DE LEANDRO N. ALEM en los Municipios de Leandro N Alem y Cerro Azul.
COMUNICADO DE PRENSA – RESOLUCIÓN 267/2024
15 de Noviembre, 2024
La Cooperativa Eléctrica Ltda. Oberá comunica a sus asociados y población en general que:
– La Cooperativa no actúa como agente de cobro de ningún Municipio del área de concesión y ningún Municipio recibe recursos provenientes de la percepción del servicio. Todo lo recaudado se destina a pagar el costo de la energía consumida y al mantenimiento del sistema.
– El cobro del espacio aéreo y/o subterráneo es relativo a la prestación del servicio, mediante el cual se transporta la energía, internet y agua potable
– En el caso del monto incluido en concepto de alumbrado público, no se trata de una tasa o impuesto municipal, corresponde a la parte que cada asociado debe abonar para pagar el costo de la energía que demanda el sistema de alumbrado público y que EMSA le factura mensualmente a la Cooperativa. Siendo convenido con el Municipio y aprobado por Ordenanza Municipal 3294/2023.
– Los conceptos como IMAS y EPRAC, se encuentran autorizados por el Contrato de Concesión 1270/2003.
– El rubro Bomberos Voluntarios se encuentra aprobado por Asamblea y es voluntario.
– Se entiende que la Resolución 267/2024 no tiene aplicabilidad ni competencia en la Provincia de Misiones, ya que existe una facultad y competencia jurídica provincial que excede a la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación.
Frontini invita a socios de la CELO a denunciar cobros indebidos en las facturas

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