“Tiene defectos de técnica legislativa que determinan la inconstitucionalidad de al menos los artículos 5, 6 y 7, al mismo tiempo que genera superposición de competencia que no fue debidamente salvada”, advirtieron desde el Colegio de Abogados de Misiones sobre la ley de Fiscalía de Instrucción Especializada en Ciberdelitos aprobada el jueves por los diputados renovadores, impulsada por Carlos Rovira.
El presidente del Colegio de Abogados, Antonio López Forastier, lamentó que la Comisión de Legislación y Justicia, “no haya convocado al Colegio de Abogados toda vez que de haberse efectuado la intervención estos aspectos podrían haberse evitado”.
“No resulta factible técnicamente sostener el artículo 5 en el cual la Provincia de Misiones está determinando agravamiento de un conducta previsto en el Código Penal siendo esta facultad exclusiva y excluyente del Congreso de la Nación Argentina”.
“El problema no es la creación de una Fiscalía de Ciberdelitos en sí, sino la forma en que se legisló, sin respetar las garantías constitucionales ni las competencias legales”, señaló.
Desde el Colegio aseguran que “tanto en el sistema procesal penal mixto como es el caso de Misiones, como en el previsto en el sistema acusatorio del resto de las provincias, las medidas de secuestro deben ser ordenadas por el Juez de Instrucción o Juez de garantías en el sistema acusatorio. El defecto de técnica Legislativa es evidente en cuanto se establece que el Fiscal de Instrucción queda facultado para el inmediato secuestro sin intervención alguna del Juez de Instrucción al cual debe requerir autorización, todo lo cual conllevara a una evidente nulidad e inconstitucionalidad de las medidas dispuestas por el fiscal perdiéndose el material probatoria, y contradiciendo justamente el principio de licitud y legalidad probatoria incorporado en el artículo 9 de la misma Ley”.
“El fiscal jamás podría disponer de un secuestro sin la intervención del juez, eso afecta derechos constitucionales como el debido proceso y la defensa”, añaden.
“Es sumamente cuestionable la amplitud de materias siendo este otro defecto de técnica legislativa ya que superpone actividades y afecta competencia de los juzgados y fiscalías en materia contravencional”.
“Esto ocurre porque se otorga competencia al Fiscal de Instrucción Especializado en Ciberdelitos en una amplitud de delitos que no sólo se superponen con las cinco fiscalías existentes, sino que además al dar intervención en materia de calumnias e injurias, invade competencia del juez y fiscal correccional”.
“Existe un defecto de técnica Legislativa en el artículo 3 en cuanto se afecta la competencia federal al darle facultades para intervenir en delitos federales (trata de personas, narcotráfico, etc)”, advirtieron mediante un escrito.
