Misiones adhirió al blanqueo de capitales

La Cámara de Representantes aprobó la adhesión de Misiones al Régimen de Regularización de Activos de la Ley Nacional 27.743, Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, propuesta en sendos proyectos del Poder Ejecutivo provincial y de la diputada Lilia Torres, que obtuvo dictamen favorable en el estudio en comisión.

El blanqueo aplica a personas jurídicas, físicas y sucesiones indivisas que hayan exteriorizado tenencia de activos conforme a la ley citada y que, por lo tanto, resulten dentro del ámbito de competencia de la tributación a cargo de la Dirección General de Rentas. En el caso de Misiones, el incentivo será que las cuentas que adhieran a la medida, no pagarán Ingresos Brutos.

En el caso de las personas físicas, los bienes declarados deben ser preexistentes al 31 de marzo de 2024 y, para las personas jurídicas, a la fecha de cierre del último balance emitido antes del 31 de marzo de 2024.

En la sesión, el legislador José Pastori señaló que algunas cosas para resaltar de “esta ley nacional a la cual estamos presentando adhesión, es la diferencia que existe con la última ley de blanqueo, del año 2018; en aquella oportunidad, toda la masa de recursos que se generaba producida por esta ley de blanqueo no era coparticipable a la provincia, en este caso sí lo es, así que creemos que puede ser beneficiosa y, tal vez, dentro de este marco, esta situación financiera por la que hoy estamos atravesando puede ser un aliciente”.

La adhesión al blanqueo alcanza a los sujetos residentes fiscales en el país al 31 de diciembre de 2023 y las personas humanas no residentes que hubieran sido residentes fiscales en el país antes de esa fecha.

El Régimen está dividido en tres etapas, contemplándose para cada una de ellas el período para realizar la manifestación de adhesión, el pago adelantado obligatorio, la presentación de la declaración jurada, el pago del impuesto especial de regularización y la alícuota aplicable.

Al mismo tiempo, contempla supuestos especiales de exclusión de la base imponible y pago del impuesto especial de regularización, para el dinero en efectivo en el país y en el exterior, para el dinero depositado en cuentas bancarias del exterior y títulos valores depositados en entidades del exterior, los cuales quedan sujetos a las reglas especiales establecidas en la citada norma.

El gobernador Hugo Passalacqua extendió la posibilidad del blanqueo hasta el 30 de abril de 2025 inclusive, con facultad de prórroga por parte del Poder Ejecutivo Provincial en caso de extenderse la vigencia del Régimen Nacional.

En el caso de personas humanas, los bienes declarados para el blanqueo deberán ser preexistentes al 31 de marzo de 2024 y en el caso de personas jurídicas, deberán ser preexistentes a la fecha de cierre del último balance emitido con anterioridad al 31 de marzo de 2024. Los montos resultantes de la exteriorización de activos deberán declararse conforme lo estipulado en la Ley Nacional N° 27.743 -parte pertinente- y en congruencia con lo declarado en igual sentido en la Administración Federal de Ingresos Públicos, en la proporción que resulta concerniente a esta jurisdicción.