El Consejo General de Educación emitió esta semana una resolución que impide nombrar docentes suplentes en las primeras semanas de clases.
A través de la Resolución 241 del 2024, primeramente el Consejo de Educación establece que el otorgamiento de licencia a docentes seguirá siendo por criterio de las normas del BAREMO internacional.
El BAREMO es un cuadro gradual que evalúa daños derivados de accidentes o enfermedades, o los méritos personales, la solvencia de empresas.
La norta establece que el nombramiento de docentes suplentes «NO podrá designarse en Nivel Inicial y Primario de todas las modalidades: cuando la licencia otorgada al docente sea por un período inferior a DIEZ (10) días hábiles»
En tanto en el nivel secundario «NO podrá designarse en Nivel Secundario y Superior: cuando la licencia otorgada al docente sea por un período inferior a QUINCE (15) días hábiles»
Además aclara que las designaciones de docentes suplentes sólo «se realizarán estrictamente de acuerdo a la real necesidad de la Institución».
No podrán autorizar la designación y el dictado de clases de un personal suplente sin la licencia concedida. Es decir que un aula podría quedar acéfala, sin docente en el caso que un docente no se presente en los primeros días de clases.
