Passalacqua aumentó por decreto el boleto en Posadas a $250 con QR y $330 en efectivo «por las medidas de Milei»

El gobierno provincial a través de la Comisión Ejecutiva Coordinadora del Sistema Integrado del Transporte Metropolitano, dio a conocer en el Boletín Oificial un aumento en el boleto de colectivos en la capital provincial.

Aseguran que se debe a las medidas anunciadas por Milei. «En el contexto de las medidas anunciadas por el gobierno nacional, que incluye el recorte de subsidios al transporte, se presenta con urgencia la necesidad de reajustar las tarifas vigentes en el marco del Sistema Integrado de
Transporte Urbano y Metropolitano denominado Posadas», reza el decreto. 

Aplicará para los usuarios de Posadas, Candelaria y Garupá. Se espera que Oberá ocurra algo similiar donde opera el mismo grupo de empresas. 

De este manera, el boleto electrónico QR o tarjeta para Posadas, donde opera el Grupo Zbikoski y Bencinvenga costará 250 pesos, mientras en Garupá y Candelaria el urbano 267 pesos. El metropolitano entre Posadas-Garupá 325 pesos, Posadas-Candelaria 380 pesos, Candelaria-Garupá 325 pesos.

Sin QR en Posadas costará 330 pesos, Garupá y Canderlaria 380 pesos, Posadas-Garupá 450 pesos, Posadas-Candelaria 530 pesos, Candelaria-Garupá 450 pesos.

RESOLUCIONES
COMISIÓN EJECUTIVA COORDINADORA DEL SISTEMA INTEGRADO
DEL TRANSPORTE METROPOLITANO
RESOLUCIÓN Nº 005
POSADAS, 19 de Diciembre de 2.023.-
VISTO: El Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº1317/2.023 de la Provincia de Misiones, la Disposición N°
190/2.023 de la Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación y el Acta de la Comisión
Ejecutiva Coordinadora de Transporte del Sistema Integrado de Transporte Metropolitano N° 54/2.023; y

CONSIDERANDO:
QUE, la Comisión Ejecutiva Coordinadora del Sistema Integrado de Transporte Metropolitano tiene como función
principal la de regular el servicio público de transporte de pasajeros en el sistema interjurisdiccional del área metropolitana denominada “Posadas”;
QUE, en el contexto de las medidas anunciadas por el gobierno nacional, que incluye el recorte de subsidios al transporte, se presenta con urgencia la necesidad de reajustar las tarifas vigentes en el marco del Sistema Integrado de
Transporte Urbano y Metropolitano denominado “Posadas”;
QUE, adicionalmente a la quita de subsidios mencionada en el CONSIDERANDO anterior, se deben afrontar los
aumentos de salarios acordados con la Unión de Tranviarios Automotor U.T.A., para evitar las medidas de fuerza anunciadas que amenazan la continuidad de los servicios públicos de transporte de pasajeros;
QUE, el proceso inflacionario que atraviesa el país produce un aumento desmedido de todas las variables que conforman la cadena de costos del servicio ya que se han registrado considerables incrementos en los precios de insumos,
combustible y servicios necesarios para el correcto funcionamiento del servicio público de transporte de pasajeros;
QUE, el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 14/2.014 de fecha 14 de Enero del año 2.014 establece la competencia de cada uno de los Municipios pertenecientes al Sistema Integrado de Transporte Metropolitano para la fijación
de la tarifa del transporte Urbano de pasajeros aplicable en el ámbito de su Jurisdicción;
QUE, el Municipio de la Ciudad de Garupá, en virtud del Decreto del Poder Ejecutivo Municipal Nº 048/2.023 de fecha
7 de Diciembre del año 2.023, establece un reacomodamiento tarifario estipulando un incremento a partir de Diciembre
del año 2.023 en la suma de $ 267,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100) para el boleto del
transporte público de pasajeros modalidad Urbano con Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE MISIONERO),
SUBI MISIONERO o tarjeta con QR estático y por la utilización del servicio sin Sistema Único de Boleto Electrónico
(SUBE MISIONERO), SUBI MISIONERO o tarjeta con QR estático en la suma de $ 380,00 (PESOS TRESCIENTOS
OCHENTA CON 00/100);
QUE, el Municipio de la Ciudad de Candelaria, por medio de la Resolución Nº 26/2.023 de fecha 11 de Diciembre del
año 2.023, establece un reacomodamiento tarifario estipulando un incremento a partir de diciembre del año 2.023 en
la suma de $ 267,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100) para el boleto del transporte público
de pasajeros modalidad urbano con Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE MISIONERO), SUBI MISIONERO
o tarjeta con QR estático y por la utilización del servicio sin Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE MISIONERO), SUBI MISIONERO o tarjeta con QR estático en la suma de $ 380,00 (PESOS TRESCIENTOS OCHENTA CON
00/100);
QUE, el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 1317/2.023 de fecha 23 de Agosto del año 2.023, deja sin efecto el
Artículo 3° del Decreto N° 14/2.014 y establece que será de competencia de la Subsecretaría de Transporte, Puertos,
Aeropuertos y Redes de Comunicación la fijación de las tarifas correspondientes a los servicios interurbanos de los
Municipios que forman parte del Sistema Integrado de Transporte Metropolitano denominado “Posadas”, observando y
respetando los criterios, principios y normativa que dieron origen y desarrollo al Sistema Integrado;
QUE, a través de la Disposición N° 190/2.023 de fecha 12 de Diciembre del año 2.023, la Subsecretaría de Transporte,
Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación, establece una readecuación de la tarifa del Servicio Público de Transporte por Automotor de modalidad Interurbano de pasajeros, en el tramo que va desde Posadas a Garupá y viceversa en
la suma de $ 325,00 (PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100) con Sistema Único de Boleto Electrónico
(SUBE MISIONERO), SUBI MISIONERO o tarjeta con QR estático y por la utilización del servicio sin Sistema Único
de Boleto Electrónico (SUBE MISIONERO), SUBI MISIONERO o tarjeta con QR estático en la suma de $ 450,00
(PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100);
Posadas, Miércoles 20 de Diciembre de 2023 BOLETÍN OFICIAL Nº 16019 Pág. 5
QUE, para el servicio que va desde Posadas a Candelaria y viceversa, la Disposición mencionada en el CONSIDERANDO anterior, establece la tarifa en la suma de $ 380,00 (PESOS TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100) con
Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE MISIONERO), SUBI MISIONERO o tarjeta con QR estático y por la
utilización del servicio sin Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE MISIONERO), SUBI MISIONERO o tarjeta
con QR estático en la suma de $ 530,00 (PESOS QUINIENTOS TREINTA CON 00/100);
QUE, toda vez que el área Metropolitana se encuentra integrada por el Municipio de Posadas y, en atención a la uniformidad normativa del sistema que por definición es único e integrado y no podría ser sometido a distintos criterios
jurídicos y estándares técnicos sin arriesgar su funcionalidad y operatividad, y teniendo en cuenta la urgencia de la
presente medida, todas las partes intervinientes de esta Comisión Ejecutiva Coordinadora toman conocimiento y acuerdan la puesta en vigencia de la readecuación tarifaria establecida en el Acta de la Comisión N° 54/2.023 de fecha 11 de
Diciembre del año 2.023;
QUE, en virtud de las facultades conferidas para fijar las tarifas en el ámbito de la Jurisdicción Provincial, se resuelve
poner en vigencia los nuevos cuadros tarifarios de conformidad con lo detallado en la presente Resolución;
POR ELLO:
LA COMISIÓN EJECUTIVA COORDINADORA DEL SISTEMA INTEGRADO
DEL TRANSPORTE METROPOLITANO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- ESTABLÉCESE, la readecuación tarifaria del boleto de Transporte Público de Pasajeros del Sistema
Integrado de Transporte Urbano y Metropolitano denominado “Posadas”, de la siguiente manera:
TARIFA CON SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE MISIONERO),
BOLETO INTELIGENTE (SUBI MISIONERO) O TARJETA CON QR ESTÁTICO
DICIEMBRE 2.023
POSADAS $ 250,00 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100)
GARUPÁ $ 267,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100)
CANDELARIA $ 267,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100)
POSADAS/GARUPÁ $ 325,00 (PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100
POSADAS/CANDELARIA $ 380,00 (PESOS TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100
CANDELARIA/GARUPÁ $ 325,00 (PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100)
ARTÍCULO 2º.- DETERMÍNESE, la utilización del servicio de transporte público de pasajeros que pertenecen al
Sistema Integrado de Transporte Urbano y Metropolitano denominado “Posadas”, sin Sistema Único de Boleto Electrónico Misionero (SUBE MISIONERO), sin Boleto Inteligente Misionero (SUBI MISIONERO) y sin Tarjeta con QR
Estático, de la siguiente manera:
TARIFA SIN SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE MISIONERO),
BOLETO INTELIGENTE (SUBI MISIONERO) O TARJETA CON QR ESTÁTICO
DICIEMBRE 2.023
POSADAS $ 330,00 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA CON 00/100
GARUPÁ $ 380,00 (PESOS TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100)
CANDELARIA $ 380,00 (PESOS TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100)
POSADAS/Garupá $ 450,00 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100
POSADAS/CANDELARIA $ 530,00 (PESOS QUINIENTOS TREINTA CON 00/100
CANDELARIA/GARUPÁ $ 450.00 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100)
ARTÍCULO 3º.- REGÍSTRESE, notifíquese a los miembros Comisión Ejecutiva Coordinadora del Sistema Integrado
Urbano y Metropolitano de Posadas, a “Empresarios Unidos del Transporte Automotor (E.U.T.A.), a los Municipios de
Posadas, Garupá y Candelaria. PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido, ARCHÍVESE.-
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