Misiones comenzó a retener hasta 4% en transferencias con billeteras virtuales

La Agencia Tributaria de Misiones actualizó el padrón de contribuyentes y generó retenciones de hasta un 4% en pagos electrónicos de billeteras virtuales cómo Mercado Pago. Algunos comerciantes comenzaron a cobrar un recargo a quienes transfieran dinero con estas billeteras.

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El SIRCUPA es un Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago creado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, organismo nacional presente en 23 provincias del país, a los efectos de unificar parámetros con contribuyentes de otras jurisdicciones que deban tributar en Misiones.

La Agencia Tributaria Misiones se adhirió al sistema  nacional SIRCUPA, el 10 de noviembre de 2022, al cual otras 16 provincias se encuentran adheridas, a saber: Catamarca, Córdoba, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego. Por este motivo, desde la fecha se establecieron retenciones en las acreditaciones realizadas únicamente en las billeteras electrónicas de contribuyentes inscriptos (personas físicas o jurídicas) en la provincia de Misiones.

En las últimas semanas, se llevó adelante la actualización del padrón de la Clave Virtual Uniforme (CVU) de los usuarios de las billeteras electrónicas, entre las que se encuentran las más conocidas, como Mercado Pago y otras.  En efecto, comenzó a realizarse la aplicación de retenciones a movimientos de contribuyentes inscriptos, que debían ser susceptibles de retenciones y hasta el momento no aparecían en el sistema. No se ha creado un nuevo impuesto, sino se trata de que con el avance de las nuevas tecnologías y nuevas modalidades de pago, las provincias adhieren a sistemas nacionales de recaudación y control.

Ante movimientos de pagos o transferencias digitales, los contribuyentes pueden ver reflejada la tasa del impuesto a los Ingresos Brutos, que va desde 1,2% a 4% por acreditación realizada, las que podrán computarse como pago a cuenta del impuesto en cuestión. Es decir, los montos retenidos serán descontados del impuesto que le corresponda abonar al contribuyente cada mes.