La Defensoría del Pueblo de Oberá solicitó a la Intendencia que ejerza su facultad y deber de contralor de los servicios públicos municipales implementando un sistema provisorio de monitoreo de los actuales flujos y horarios picos de afluencia de usuarios con que cuenta “cada una de las actuales líneas de transporte público pasajeros” y mediante dicha información exija a las actuales empresas prestatarias del servicio la implementación de refuerzos en las líneas y/o tramos de las mismas que lo requieran en horario pico.
LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE OBERÁ
COMUNICA
Que vería con agrado:
Que, (hasta tanto se implemente el Sistema Unificado de Movilidad Oberá (SUMO) y por ende que dicho sistema provea a la intendencia de la información necesaria) que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área de Movilidad Urbana e Inspección General y Tránsito, a la mayor brevedad posible implemente un sistema provisorio de monitoreo de los actuales flujos y horarios picos de afluencia de usuarios con que cuenta “cada una de las actuales líneas de transporte público pasajeros” y mediante dicha información exija a las actuales empresas prestatarias del servicio la implementación de refuerzos en las líneas y/o tramos de las mismas que lo requieran en horario pico. Todo ello, en ejercicio de las facultades y deberes de la Intendencia en cuanto órgano municipal responsable de ejercer el contralor de los servicios públicos conforme lo normado en los artículos 79 y 136 inciso 18 de nuestra Carta Orgánica Municipal.
Que, en el monitoreo solicitado tome en especialmente consideración y análisis el flujo de pasajeros durante que presentan los siguiente horarios picos 5:30 hs a 8:00 hs, 11:30 hs a 13:30 hs y 16:45 hs a 18:00 hs.
Emitida, en Oberá Misiones Argentina, a los doce días del mes de julio del año dos mil veinte dos.
Carta Orgánica de Oberá
ARTÍCULO 79º.-El Municipio se reserva el poder de policía, siendo irrenunciable e intransferible, sobre las prestaciones de los servicios públicos, comprendiendo la fiscalización y control sobre la forma, eficiencia, regularidad, calidad del servicio y el régimen de tarifas.
ARTÍCULO 136º.-Son atribuciones (y deberes del Intendente Municipal): 18) … asegurar la adecuada prestación de los servicios públicos.
