Socios denunciaron penalmente a Andersson por fraude en la CELO

Los socios de la CELO, Enrique Kuszko y Néstor Mattos, con el patrocinio del abogado Claudio Moreira, denunciaron penalmente a los administradores de la cooperativa por fraude.  

Los denunciantes solicitan a la justicia que «se investigue la presunta comisión del delito de Fraude en la administración de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá –CELO-, la que se habría perpetrado presentando estados contables, balances y demás documentación con ocultamiento de la verdadera situación patrimonial actual de la empresa cooperativa y que la misma podría haber ocultado beneficios personales en la persona de su presidente Sr. Pedro Andersson», reza la presentación hecha este martes en la Fiscalía de Instrucción 2 de Oberá. 

 

SR FISCAL PENAL EN TURNO
FORMULA DENUNCIA DE FRAUDE.
SR. JUEZ:
Ramón Enrique KUSZKO, DNI 12.513.730, domicilio real en…. y Néstor Aquiles MATTOS, DNI 10.956.834, con domicilio real en….; Socios Nº 16.067
y 5.875 respectivamente de la cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá, quienes acreditamos el carácter de Socios con boleta actualizadas de servicios que se acompaña, con el patrocinio letrado del Dr. Claudio Horacio Moreira, abogado y procurador, matrículas Nº 426 y 514; con domicilio electrónico: “chmoreira @cademis.jusmisiones.gov.ar” constituyendo domicilio a los efectos legales en la calle Ralf Singer Nº 244 de esta ciudad; ante S.S. nos presentamos y respetuosamente decimos:
OBJETO:
Que venimos por el presente a solicitar se investigue la presunta comisión del delito de Fraude en la administración de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá –CELO-, la que se habría perpetrado presentando estados contables, balances y demás documentación con ocultamiento de la verdadera situación patrimonial actual de la empresa cooperativa y que la misma podría haber ocultado beneficios personales en la persona de su presidente Sr. Pedro Andersson.

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Que la misma habría sido perpetrada con la ayuda, asistencia, colaboración u omisión de los Sres. vicepresidente Jorge Gabriel Duarte, Alfredo Rockembach, Tesorero, Mauro Federico Mecozzi, Miguel Ángel Debiluk, síndico titular, Claudio Horacio Pace Gerente General, sub gerente
Administrativo Pablo Daniel Alexenicer, Rosa Nilda Dengler Síndico Titular Actual, quienes, en algunos casos emblemáticos han obtenido como beneficio un empleo para familiares directos sin concurso previo ni necesidad de
incorporación.
Es decir S.S. quienes han colaborado se habrían beneficiado de manera directa hasta con el nombramiento de un familiar en la empresa, en
algunos casos, sin prestar servicios reales y efectivos.

URGENCIA.
Que los hechos de público conocimiento, ponen a la cooperativa en un virtual estado de cesación de pagos y apertura de proceso de
LIQUIDACION.
Que el embargo de las cuentas, sumado a la intervención de caja que ha trascendido en los medio se ha solicitado, la falta de pago de las
facturas al proveedor de energía EMSA, más la deuda de FATLyF a ser ejecutada, son suficientes para darle carácter URGENTE a la medidas que se solicitan y fundamentalmente S.S. a la INDAGATORIA DE TODOS LOS RESPONSABLES,

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evitando así que puedan frustrar la investigación con dilaciones, argucias y adulteración de registros y documentos que impidan o entorpezcan la presente.
HECHOS:
Que la Cooperativa presentó el balance general de la empresa –ejercicio Nº 70- donde está erróneamente consignada la deuda con la
proveedora de energía eléctrica EMSA, denunciándose como pasivo también las deudas con la FATLyF.
Que en sendas conferencia de prensa, de público y notorio conocimiento, se ha manifestado que la cooperativa llevaba las cuentas al día y
tenía totalmente bajo control las deudas más grandes.

Que el primer hecho demostrativo de tal mentira ha sido el corte de energía a la ciudad ocurrido en diciembre de 2021.
Que luego “supuestamente” se habría garantizado el pago de tales importes adeudados.
Lo real es que a la fecha, pocos meses después, la empresa ha nuevamente dejado facturas de servicio impagos, provocando ello, acciones
judiciales que han llevado a la ejecución compulsiva del cobro de tales sumas dinerarias.
Que es noticia de estos días que la FATLyF iniciará acciones legales para cobrarse una deuda de 93.000.000 pesos.

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Que el hecho denunciado –ocultamiento del pasivo-, surge de las propias manifestaciones del comité ejecutivo en reunión de socios y ha
tomado estado público en la nota periodística que se cita, de un medio local:
https://meridiano55.com/locales/se-realiza-asamblea-de-delegados-de-la-celoopositores-piden-que-no-se-apruebe-el-balance/
Que la sindicatura, actualmente en cabeza de la Cdra. Rosa
Nilda Dengler, co-responsable en la ley de hacer respetar las leyes, reglamentos y estatutos, ha tenido una participación activa en todo este proceso, por acción u omisión de sus deberes, no manifestando en ningún momento observaciones u objeciones a la manera de conducir engañosamente la documentación, informes y demás información para llevar adelante la contabilidad en legal forma. Ello ha
facilitado el fraude en los estados contables.
Que en entrevista pública ha admitido el apartamiento de los estatutos en la designación de personal, así como el estado de deudas que
mantiene la cooperativa con la proveedora de energía eléctrica EMSA.
Que preguntada sobre estos aspectos reconoce deudas de capital e intereses que no están debidamente reflejados en los balances, cuyo
control tiene bajo su responsabilidad, asimismo “justifica” la toma de personal sin concurso, ello en la nota publicada https://laradio899.com.ar/nilda-dengleremsa-no-quiere-recibir-nuestros-pagos/
Que los integrantes enumerados han colaborado de igual manera.

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Que los arts. 300 y 301 del CP, prima facie, permitirían la apertura de la investigación que se le solicita, pues la conducta desplegada por los
directivos denunciados y la sindicatura, encuadrarían en la figura de fraude tipificada.


SOLICITA FORMACIÓN DE CUERPO DE PERITOS CONTADORES
ad hoc.
Que tratándose de un delito complejo, solicitamos a S.S. la formación de un cuerpo de peritos contadores a los efectos de llevar adelante un completo y exhaustivo examen de toda la documentación que por su ciencia y conocimiento sea necesario a los fines de poder investigar la existencia o nó del ocultamiento o falseamiento de la verdad del estado real y actual de las finanzas de la cooperativa, contrastado con los reclamos que le efectúan acreedores y/o cualquier otra consideración comprendida en el tipo penal previsto en los arts citados.
Que solicitamos especialmente, se audite los bienes consumibles, como ser neumáticos, productos químicos usados para la potabilización de agua, etc…


MEDIDAS SOLICITADAS.
SE LIBRE OFICIO:
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Que a los fines de acreditar los extremos invocados solicitamos se libren los siguientes oficios:
1.- A la empresa Electricidad de Misiones Sociedad Anónima – (EMSA)-, con domicilio sito en calle Rioja Nº 2051 de la ciudad de Posadas, a los
fines que remita el estado de deuda de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá a la fecha, incluyendo deuda por saldos impagos de consumos de energía e intereses, en los ejercicios 2020, 2021 y los que correspondan a 2022.

Asimismo informe según sus registros:
A.- Cualquier pago realizado por la CELO durante el año 2020 y 2021 en concepto de cancelación de pago de capital e intereses adeudados.
B.- Consumos de energía eléctrica registrados mensualmente en el año 2020, 2021 y 2022 y pagos realizados por cada factura emitida.
2.- A la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza – FATLyF-, con domicilio sito en calle Lima N° 163, CABA.
a.- Informe estado actual de la deuda que mantiene la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá con Vtra. institución.
4.- A la Sra. Síndico de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá, Contadora Pública Nilda Dengler, se le requiera informe circunstanciado según
los registros de la cooperativa:
a.- Importes determinados de aportes y contribuciones a la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLyF) por
separado a partir de Agosto de 2019, a Abril de 2022 por mes.

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b.- Pagos efectuados a la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLyF) a partir de Septiembre de 2019 a la fecha detallados por fecha e importe.
c.- Importe mensual resultante por la compra de energía que surge de la documentación, factura de EMSA/ENERGIA DE MISIONES por la
provisión de energía eléctrica, importe por mes a partir de Agosto de 2019.
d.- Pagos efectuados a EMSA/ENERGIA DE MISIONES detallando fecha e importe a partir de Agosto de 2019.
e.- De registros contables: Resumen de cuenta (del Libro Mayor) de las cuentas de FATLYF y de Proveedores: EMSA/ENERGIA DE MISIONES, con
copia certificada.


DOCUMENTALES:
Se le requiera remitan a la causa, copia debidamente certificada de los balances años 2019 y hasta el ejercicio 2021 inclusive.
SECUESTRO DE DOCUMENTOS Y REGISTROS:
Que de considerar necesario S.S., el resguardo de documentación importante y registros que hacen a la investigación, se ordene el secuestro y
cuantas otras medidas estime corresponder.
PETITORIO:
Por lo expuesto a S.S. respetuosamente solicitamos:
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Nos tenga por presentado en el carácter invocado, con domicilio real denunciado y procesal constituido.
Tenga presente la denuncia formulada.
Tenga presente las pruebas ofrecidas en caso de corresponder su producción.
Inste el proceso con las pruebas que estime S.S. idóneas para determinar con certidumbre la verdad material.
PROVEER DE CONFORMIDAD POR SER JUSTICIA.

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