El Estado Argentino, a través del Ministerio de Seguridad de la Nación, dispuso una recompensa de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) a quienes aporten datos o información certera que contribuya a esclarecer lo ocurrido con Mario Fabián Golemba, quien se encuentra desaparecido desde el 27 de marzo de 2008, y cuya situación se investiga en la Justicia Federal en el marco de una causa por “desaparición forzada”.
Este es un pedido de la madre de Golemba para que se encuentren los restos, mencionó Eliezer Golemba, hermano del desaparecido.

La recompensa se establece en el seno del Programa Buscar del Ministerio de Seguridad de la Nación. Es de destacar, que en la resolución que habilita a esta medida, se enuncia que la recompensa “está destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Mario Golemba”. Es decir, por primera vez, un ente oficial reconoce la existencia de un “hecho delictual” en la desaparición de Golemba. Cabe recordar, en este sentido, que las hipótesis judiciales más avanzadas, involucran a personal policial, actuante en aquel entonces en la Comisaría de Dos de Mayo.
La resolución señala además que “las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134”.
Ante este anuncio del Ministerio de Seguridad, la familia de Mario Golemba recordó “esta fue una de las grandes lucha del padre de Mario, don Antonio Golemba, para que se establezca una recompensa que aliente a los testigos o aquellos que saben qué pasó con Mario. Gracias a las gestiones del abogado Rafael Pereyra Pigerl, su equipo y la Fiscalía, hoy estamos dando un paso más en el camino hacia la verdad”.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 224/2022
RESOL-2022-224-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2022
VISTO el Expediente N°EX-2022-21668397-APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD,
la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA FEDERAL N° 2 de POSADAS MISIONES, interinamente a cargo de la Doctora Silvina Flavia
GUTIERREZ, SECRETARÍA ÚNICA, a cargo del Doctor Horacio FORNS, en calidad de Secretario Ad Hoc, tramita
la causa FPO Nº 1811/2021 caratulada “NN S/ DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONA”.
Que la mencionada FISCALÍA, mediante Oficio N° 60/2022 de fecha 23 de febrero de 2022, solicitó a la
SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de este Ministerio, se ofrezca
una recompensa, destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos
útiles que permitan dar con el paradero de Mario Fabián GOLEMBA, titular del D.N.I. N° 28.555.052.
Que el mencionado fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, a las 7:15 horas aproximadamente, en el
domicilio que habitaba junto a sus padres Irma KOMKA y Antonio GOLEMBA, su hermana Nancy Dalila GOLEMBA
y su hermano Eliezer GOLEMBA, situado en Indumar, localidad Dos de Mayo, provincia de Misiones.
Que ese día se dirigió hasta la localidad de Oberá, Misiones, donde a las 10:30 horas aproximadamente fue
atendido por la nutricionista, Dra. SUSANA MARÍA DEL CARMEN SERRA.
Luego de ello, envió un mensaje de texto a sus familiares y a quien era su pareja (Blasida Angélica DANYLUK),
habiendo avisado a las 14:43 horas, que estaría de regreso en horas de la tardecita, no habiendo vuelto a su casa
hasta la actualidad.
Que el hombre buscado al momento de la desaparición tenía 27 años de edad, tez blanca, delgado, de 1.80 metros
de altura, de estado civil soltero y según la última persona que lo habría visto (la nutricionista), vestía una camisa
color clara y un pantalón oscuro con zapatos de vestir. No obstante ello, el recuerdo de progenitor es que el
desparecido vestía una camisa oscura y jean.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley
de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en
el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Mario Fabián GOLEMBA, titular del
D.N.I. N° 28.555.052, quien fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, a las 7:15 horas aproximadamente,
cuando salió de su domicilio situado en Indumar, localidad Dos de Mayo, provincia de Misiones, y en localidad de
Oberá, Misiones, a las 10:30 horas aproximadamente.
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS
de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el
representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el
mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este
Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas del
afiche que obra como (IF-2022-30347731-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando
parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
