Parientes del intendente y concejales renovadores en la terna para Juez de Paz de Itacaruaré

Denuncian irregularidades en la selección de la terna para ocupar el cargo de Juez de Paz vacante en la localidad de Itacaruaré. La convocatoria no fue publicada como debía ser, y los tres ternados son familiares del intendente José Alvez y concejales renovadores.

La denuncia y pedido de nulidad fue realizada ante el Superior Tribunal de Justicia de Misiones vecinos de la localidad. La misma fue presentada hace un año, en diciembre de 2020, y una segunda nota fue elevada al mismo tribunal en septiembre de este año, denunciado nuevas irregularidades.

En la misma piden la impugnación de la terna presentada por el Concejo Deliberante. Incluso, uno de los ediles, Valenzuela del PAyS, había pedido el rechazo, pero «no le hicieron caso porque como son cuatro (concejales) de la Renovación, le dijeron que tenía que callarse la boca porque ellos son mayoría», señalan los denunciantes.

Por su parte, aseguran que «la terna se hizo a escondidas. No revisaron los requisitos, nada, simplemente pasaron la lista con el primo (del intendente) encabezando, Julio Jardín. Si bien es abogado, nunca vivió ni trabajó en Itacaruaré, aseguran.

En realidad el mencionado vive en Posadas y San Javier, pero llevó parientes para declarar que vive en Itacaruaré. «Esto es un delito, está falseando la verdad», consideró una de las denunciantes recordando que el reglamento en su artículo 87 establece que tiene que residir o haber trabajado dentro del poder judicial de 5 a 10 años, cosa que no cumple el sobrino del intendente.

Además, en la terna aparece Miriam Cristina Nilos, sobrina del Presidente del Concejo Deliberante, quien la propuso; y la tercera en la terma es la señora Sonia Alvez, esposa del concejal Diego Roa, quien votó a su propio esposa y presentó la carpeta.

No se hizo convocatoria para que se presenten otras personas del pueblo. «Cuando nos enteramos, ya había pasado», dijo Saucedo, mencionando que las sesiones en el Concejo por este tema, se «hicieron a escondidas».

Los denunciantes de la localidad enviaron notas al Superior Tribunal a cargo de Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, pidiendo la impugnación, «y el miércoles me entero que rechazaron la impugnación, pero a mi no me notificaron, siendo que debían notificarme primero ya que presenté la impugnación, vinieron directamente al intendente a decirle que había rechazado y seguían firmes los candidatos» que son familiares directos del jefe comunal y los concejales.

Pero también la “terna alternativa” no cumple con los requisitos legales porque, la única candidata que no se repite en la terna titular, es la Sra. Fabiana Inés Alvez, hermana del Intendente José Alvez, y al mismo tiempo, Secretaria de Gobierno de la Municipalidad.

Esta terna «alternativa”, fue elegida antes que la titular -13 de octubre de 2020-, y sin convocatoria de todos los Concejales, por lo que dicha decisión «está afectada por un vicio que acarrea su invalidez total, al ser una medida tomada sin haber escuchado al pleno del Cuerpo Deliberativo, al no ser convocado de acuerdo a la ley, decisión tomada entre gallos y medianoche”, afirma en el pedido de nulidad.

 

 

 

Itacaruaré, Misiones, 09 de Diciembre de 2020.
Al Sr. Presidente del
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
DE LA PROVINCIA DE MISIONES
Dra. Rosanna Pía Venchiarutti Sartori
S___________/________D

Los abajo firmantes, vecinos de la localidad de Itacaruaré, y la aspirante al cargo, Claudia Liliana Saucedo, D.N.I. N° 25.810.801, Juez de Paz Suplente, a cargo del Juzgado de la localidad, nos dirigimos a Usted y por su digno intermedio al alto cuerpo que preside a fin de hacerles tomar conocimiento de las irregularidades que se produjeron en torno a la selección de la terna para ocupar el cargo de Juez de Paz vacante en la localidad de Itacaruaré, y asimismo, solicitan se arbitren las medidas necesarias para que la selección del futuro Juez de paz de nuestra localidad se haga en un marco de legalidad y respeto de los derechos de todos los postulantes y habitantes de esta localidad.

En este sentido, la normativa aplicable al caso establece una serie de inhabilidades e incompatibilidades, que han sido violadas en la terna elevada por el Honorable Concejo Deliberante de nuestra localidad.
Es así que, como primera irregularidad manifiesta, no se produjo ningún llamamiento público para presentar las respectivas carpetas con el
pliego de requisitos para aspirar al cargo, situación ésta que inclusive, se manifestó en la misma sesión del Concejo por uno de sus miembros, donde queda expuesto el vencimiento de los plazos de convocatoria a la sesión, debido a que el Sr. Intendente, Sr. José Alberto Alvez, recibió del Superior Tribunal de Justicia, en fecha 20 de Octubre de 2020, el Oficio 1.230/20 para el llamado a cubrir el cargo de Juez de Paz, pero recién el día 18 de noviembre del mismo año se realiza la sesión, con el plazo vencido.
Además, el procedimiento de la sesión llevada adelante por el Presidente del Cuerpo, Sr. Humberto Llamosas, no permitió el control entre los
candidatos que se presentaron de las respectivas carpetas, a los efectos del debido control de los requisitos que establecen tanto la ley IV N° 15 y la Acordada 209/ 90, impidiendo la eventual impugnación en caso de presentación de documentación indebida.
Pero, como culminación de las irregularidades que concluyeron con la elevación de las ternas elegidas, fue justamente la selección de
los ternados, que, todos ellos, están dentro de las incompatibilidades e inhabilidades que establece el art. 19 de la ley IV N° 15 y concordantes. A saber:

1) El Sr. Julio César Jardín, D.N.I. N° 30.370.270, carece de domicilio en el Municipio de Itacaruaré, al estar el declarado fuera del radio de los límites del Municipio, ni tampoco cuenta con la antigüedad de residencia -5 años- exigida por el art. 87 segundo párrafo de la ley citada.
Además, no cuenta con la certificación de tareas en la Administración Pública que habilitarían su candidatura, siendo sus tareas
declaradas, meras prácticas para obtener algún título, en el ámbito privado, pero cumplimenta con la exigencia legal del art. 87 de ley IV N° 15.
Asimismo, el Sr. Jardín es pariente por afinidad del Intendente de la localidad, Sr. José Alvez, lo que invalida el nombramiento, por estar incurso en incompatibilidad, exigida por la legislación aplicable.
Al mismo tiempo, surge de la documentación presentada por este candidato, que su declaración jurada, certificando su residencia, fueron suscriptas por dos parientes, tíos, dentro del grado de incompatibilidad establecida, pero también, es contradictorio con lo declarado bajo juramento, con los datos de la terna elevados por el Concejo, en razón de que en ésta última, se afirma: “…Residencia en el Municipio por el cual es propuesto a partir de: 29/12/1983…”, cuando en la declaración surge que tiene una antigüedad de cinco (5) años de residencia, lo que
es una grave demostración de inhabilidad moral, atento a que no es buena práctica de un futuro Juez, la de falsear los datos para acceder al cargo.

2) La Sra. Sonia Patricia Alvez, D.N.I. N° 30.793.613, es esposa del Concejal Diego Roa, quien votó la terna y además, es la persona que presenta la candidatura de la Sra. Alvez, cuando debió haberse abstenido de participar de la selección de ternas de candidatos, justamente por estar abarcado en una inhabilidad que surge manifiesta, y torna nula toda la sesión.

3) La Sra. Miriam Cristina Nilos, D.N.I 23.232.057, también es inhábil para estar en la terna elevada, al ser propuesta por el Sr. Humberto Llamosas, Presidente del Concejo Deliberante, quien al mismo tiempo es su tío, ya que su madre es hermana de la esposa del Sr. Llamosas, lo que invalida su incorporación a la terna.
Cabe resaltar además, que la terna “alternativa”, no es tal, en atención a que se reiteraron dos de los candidatos, el Sr. Jardín y la Sra. Sonia Alvez, por lo que no puede encuadrarse jurídicamente como “terna alternativa”, sino más bien, como una forma de impedir con otras candidaturas que cumplen con los requisitos que exige la ley.
Pero tampoco esta “Terna alternativa” cumple con los requisitos legales porque, la única candidata que no se repite en la terna titular, es la Sra. Fabiana Inés Alvez, hermana del Intendente José Alvez, y al mismo tiempo, Secretaria de Gobierno de la Municipalidad.
Pero, más grave aún, se debe subrayar que, la elección de la “Terna Alternativa”, fue elegida antes que la titular -13 de octubre de 2020-, y sin
convocatoria de todos los Concejales, por lo que dicha decisión está afectada por un vicio que acarrea su invalidez total, al ser una medida tomada sin haber escuchado al pleno del Cuerpo Deliberativo, al no ser convocado de acuerdo a la ley, decisión tomada “entre gallos y medianoche”.

En definitiva, V.E., la selección de las ternas de candidatos a Juez de Paz de la localidad de Itacaruaré, están viciadas de nulidad, en atención a la
sumatoria de irregularidades que se describieron ut supra, lo que provocará, sin dudas, un escándalo público en la localidad, de poca población, al ser una selección realizada “entre parientes”, y no como resultado de una amplia convocatoria al pueblo, para elegir a la persona que represente una forma de juridicidad con mayor consenso social, que represente al Estado de Derecho.
En virtud de lo expuesto, a V.E. solicitamos se declaren invalidas y se rechacen las ternas elevadas por el Concejo Deliberante de la localidad de
Itacaruaré, por la manifiesta irregularidad en su convocatoria, incumplimientos de los requisitos formales de los candidatos propuestos, lo que torna nulo de nulidad absoluta, toda la actuación del cuerpo, y así debe declarase, llamándose a una nueva convocatoria, amplia, transparente, con estricto cumplimiento de los requisitos legales de residencia, parentesco, antigüedad en la función pública, y por sobretodo, el requisito de idoneidad en las candidaturas para acceder al cargo.