OBERA. Les llevó casi tres años tener su casa, tras manifestaciones, reclamos en las oficinas de la sede local y ante autoridades.
Adjudicados del barrio 200 Viviendas de Stemberg lograron que las obras del complejo habitacional, ubicado al norte de la ciudad comenzadas en mayo de 2015, fueran retomadas y entregadas en diciembre de 2017. Entonces la cuota estaba $3800 pesos. Ahora, las mismas llegaron a $5.100.
«Es una locura, todos los meses sube 100 pesos o más» comentó Sergio C. a INFOBER mencionando que presentaron un reclamo ante el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional. Sin embargo, una cláusula firmada por los propietarios ante de la entrega de las viviendas, los ata a constantes subas de acuerdo a la inflación. Se trata de la UVI cuyo valor es actualizado por el Banco Central diariamente e impacta todos los meses en las cuotas.
Hoy existen dos unidades de ajustes que se aplican para la actualización de esos créditos y que generan cierta confusión. La Unidad de Vivienda (UVI) y la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).
La Ley Nº 23.928 dispone que está prohibido indexar, en las relaciones jurídicas y económicas. Previo al 2.001, cuando la inflación anual en promedio era de una cifra, esa prohibición no generaba problemas económicos porque la realidad económica acompañaba lo que indicaba la ley.
A partir del 2.001, al eliminarse el sistema de convertibilidad de la moneda peso–dólar, la situación económica cambió y empezó a regenerarse el viejo vicio de la inflación.
En el 2.002, el Poder Ejecutivo dictó el DNU 905, que en su artículo 27,dispone que los Bancos podían prestar y tomar dinero ajustándolo al CER (Índice Coeficiente de Estabilización de Referencia). Esa norma permitió al Estado emitir títulos públicos ajustables por CER.
En los últimos años, con porcentajes de inflación del 20,30, 40 por ciento anual, la prohibición de indexar quedó fuera de la realidad, aunque continúa formalmente (La CSJN ratificó la vigencia y validez de esa prohibición).
El mercado hipotecario hasta 2016 estaba estancado, con tasas de interés variables y muy altas, Ese marco determinó que se decidiera crear mecanismos de excepción, que permitan prestar dinero y devolverlo ajustado por inflación u otro índice.
En abril de 2016 apoyado en aquella posibilidad de ajustar préstamos dinerarios, el Banco Central emitió la Comunicación “A“ 5945, a través de la cual se creó la UVI, como nueva modalidad para el ahorro y el préstamo.
Desde el 31.03.2016, el valor inicial de una UVI equivale a la milésima parte del costo promedio de construcción de un metro cuadrado testigo, valuado en $ 14.053 (1000 UVI: = 1 metro cuadrado). El valor de la UVI se actualizaba diariamente por el CER, basado en el índice de precios al consumidor, que tiene una alta correlación con el costo de la construcción, pero sufre menor volatilidad.
Hasta ese momento, la creación del UVI avaló el préstamo de dinero ajustado por un índice de inflación apoyado en el DNU 905/02 (índice CER), ratificado por Ley 25.827.
Pero hubo una pequeña complicación: en septiembre/2016, se sanción la Ley Nº27.271, destinada al fomento de la inversión en vivienda –también llamada Casa de Ahorro-,q creó un instrumento de indexación llamado UVI, el mismo nombre que el que había creado el Banco Central seis (6) meses antes.
Este Índice UVI, a diferencia de su homónimo del BCRA, se actualiza mensualmente a través del Índice del Costo de la Construcción (ICC) para el Gran Buenos Aires que publica el INDEC.
Había dos instrumentos UVI: uno atado al CER (índice de precios) y otro, el ICC (costo de construcción).Fue así que, para que no existiera este problema de denominaciones similares, el BCRA emitió la Comunicación “A” 6069, en sept/2016: renombró el UVI y pasó a denominarlo UVA desde entonces.
La UVA sólo rige para las Entidades sometidas al BCRA y permite indexar tanto créditos hipotecarios como el resto de los productos del Banco, tales como préstamos personales, comerciales, para pymes, prendarios, y plazos fijos.
Mientras tanto, la UVI continúa siendo la unidad o el instrumento de la Ley Nº 27.271: –Casa de Ahorro-,aplicable para financiar la adquisición o ampliación de viviendas exclusivamente. Esper explica que, si bien los Bancos pueden prestar dinero indexado por UVA o UVI, optaron por el sistema de UVA, tal vez pensando que se trataba de una UNIDAD más protectora del Préstamo Bancario, pensando que el Ín-dice de la inflación sería más preciso que el de la construcción”.
Hoy la realidad indica lo contrario: el valor de una UVA es más bajo que el de una UVI. Ello se puede verificar en la página “web” del BCRA: se publica el valor diario de UVA y de UVI.
El valor inicial fue el mismo para ambas: $ 14.053. Este valor se ajusta diariamente y se publica online.
Para el 28.12.2017: la UVI equivalía a $ 21,13 y la UVA equivalía a $ 22,07.
