OBERA. En la sesión ordinaria de este martes, el Concejo Deliberante aprobó facultar al Ejecutivo para otorgar el comodato formal del predio municipal al SENASA (al lado de Bromatología) por 20 años (renovables por 10 ás) ya que corría el riesgo de cerrar su oficina local obligando a realizar los trámites en la sede de Alem.
«Según el plan de racionalización del estado nacional, no pueden haber dos delegaciones a menos de 40 km una de otra, pero este de acá produce 20 veces mas que el de Alem, aunque Alem ya estaba antes y con edificio propio» explicó Horacio Loreiro a este medio tras la aprobación en el recinto.
El abogado local Duilio Boher presentó el proyecto de ordenanza ahora aprobado, no solo para el comodato, si no además en un plazo breve de tiempo, el municipio otorgue de manera gratuita el predio definitivo destinado a las oficinas administrativas del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) en Oberá. Además, se gestione la edificación, destine recursos humanos municipales y la posibilidad de asumir los costos de los servicios básicos.
La delegación se dedica a todo lo referente a Certificación de productos y subproductos de origen vegetal con destino a exportación y a partir de 2014 se encuentra a cargo del Paso Internacional Fronterizo Alba Posse-Porto Mauá. Este último, muy importante, en la importación de maquinarias y autopartes, con incumbencia de este organismo, en lo que refiere a declaración jurada de embalajes de madera y maderas de acomodación fundamenta el proyecto.
Ordenanza:
V I S T O:
Que nuestra Constitución Provincial establece en su artículo 171 inciso 9 que “Son atribuciones y deberes de los municipios: realizar convenios de mutuo interés con otros entes de derecho público o privado’.
Que nuestra Carta Orgánica Municipal determina:
En su artículo 136 que: “Son atribuciones (del Intendente):
Inciso 20 Celebrar contratos o convenios conforme a lo establecido por esta Carta Orgánica, con las autorizaciones concretas o globales expedidas por el Concejo Deliberante.
En su artículo 111 que: “Son atribuciones y deberes (del Concejo Deliberante):
Inciso 9 Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar contratos en general, en las condiciones previstas en esta Carta Orgánica.
Inciso 41 Autorizar convenios con las demás municipalidades, con la Provincia y con el Gobierno Nacional”.
Que la delegación Oberá del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) se encuentra en una situación apremiante debido a que de no obtener, prontamente y de manera gratuita, un lugar donde trasladar sus oficinas administrativas en nuestro Municipio, se verá obligada a de cerrar sus instalaciones y mudarlas a la localidad de Leandro N. Alem.
Y CONSIDERANDO:
Que el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció recientemente que dentro de una serie de medidas de racionalización de sus erogaciones, que no solventará los gastos de alquiler y/o mantenimiento de servicios (energía eléctrica, agua potable, internet y telefonía fija) de oficinas o delegaciones que se encuentren a una distancia menor de cuarenta kilómetros (40 km) de otra oficina preexistente. Una decisión tan general en casos concretos como el nuestro la torna absolutamente negativa por no tomar en cuenta las particularidades de las necesidades locales que la función de ese Organismo satisface en nuestro Municipio.
Que el cierre de las instalaciones de la delegación Oberá del SENASA y su traslado a la localidad de Leandro N. Alem resultaría de una gravedad inusitada para la vigorosa actividad agroindustrial de nuestro municipio y lo fundamental que resulta contar con la cercanía de dicho Organismo.
Que la existencia de una delegación del SENASA en el Municipio de Oberá se remonta y fue fruto de un persistente esfuerzo de gestión, ante las autoridades Nacionales, de las más importantes empresas agroindustriales obereñas en general y de la Cámara Regional de Industria Producción y Comercio de Oberá (CRIPCO) en particular. La delegación de Oberá, comenzó a funcionar aproximadamente en el mes de Marzo del año 2012.
Que la oficina se dedica a todo lo referente a Certificación de productos y subproductos de origen vegetal con destino a exportación. Y a partir del año 2014 se encuentra a cargo del Paso Internacional Fronterizo Alba Posse-Porto Mauá. Este último, muy importante, en la importación de maquinarias y autopartes, con incumbencia de este organismo, en lo que refiere a declaración jurada de embalajes de madera y maderas de acomodación.
Que con respecto a las certificaciones de productos vegetales, los más importantes en cuanto a volúmenes exportados son:
Té, el Departamento Oberá es la cuenca tealera más grande de Sudamérica, cuya producción que es exportada en un noventa y siete por ciento (97 %).
Yerba Mate, el Departamento Oberá es la sub cuenca yerbatera más grande de la Provincia Misiones, provincia que posee el noventa por ciento (90%) de la producción de tal materia prima.
A lo que se adicionan importantes productos exportables, y destinados al comercio interior, como ser Tabaco, Cítricos y Maderas.
Que la delegación Oberá del SENASA, como promedio mensualmente, recibe, analiza, inspecciona y certifica en razón de ciento ochenta (180) expedientes presentados, que pertenecen a unas sesenta (60) empresas y/o entidades cooperativas, lo que implica un volumen en mercaderías de aproximadamente nueve mil toneladas (9.000 tn) y representa un valor FOB (Free On Board, Libre A Bordo) de aproximadamente veinticuatro millones de dólares (U$S 24.000.000).
Que si bien la delegación ubicada en la localidad de Leandro N Alem precede temporalmente a la de Oberá, la primera está especializada en Sanidad Animal y la de Oberá en Sanidad Vegetal, sin embargo la diferencia de productividad de ambas es más que notoria. En Oberá se certifican más camiones que en cualquier otra delegación del SENASA de la Provincia de Misiones, y se certifican veinte (20) veces más camiones que en la delegación de Leandro N. Alem, e incluso se supera en ese rubro a la Sede Central de la Región situada en la localidad de Virasoro Provincia de Corrientes.
Que la importancia estratégica de Oberá, no radica únicamente en que es el segundo Municipio en importancia poblacional en la provincia, sino que a fines de comercio exterior cumple en tener a todos los organismos para tal fin, lo que dejaría de ser así si se trasladara la delegación del SENASA. Oberá está situado en un lugar geográfico clave, para el Organismo, ya que las distancias a las diferentes empresas son razonables, para efectuar las certificaciones correspondientes.
Que a tal punto resulta esencial la existencia en el Municipio de Oberá de la delegación del SENASA, que la Cámara Regional de Industria Producción y Comercio Oberá (CRIPCO), solicitó se incorpore a esa oficina, las áreas complementarias de Sanidad Animal, de Calidad e Inocuidad y de Legal, a los efectos de convertirla en una oficina que pueda cumplimentar con todas las demandas de la zona de influencia.
Que Oberá cuenta con un Juzgado Federal que requiera la cercanía de un organismo especializado como el SENASA para peritar las causas de violaciones a las normas fitosanitarias.
Que la delegación de Oberá brinda apoyo logístico al personal de otras delegaciones que concurren a nuestro municipio a diligenciar trámites en organismos federales y provinciales.
Que conforme lo establece nuestra Constitución Provincial en su artículo 65: “El Estado (provincial y municipal) promoverá y fomentará por ley u otras medidas la radicación de industrias de elaboración de materias primas en las zonas de producción”. Así también nuestra Carta Orgánica determina como objetivos de políticas de Estado Municipal: “el desarrollo de la producción, el comercio y la industria (artículo 214)”y “conformar un polo de desarrollo regional con el propósito de impulsar el crecimiento económico social sostenible (artículo 92)” Objetivos todos ellos muy loables, que serían seriamente dificultados si no contáramos en nuestro Municipio con un Organismo tan importante para nuestra agroindustria como es el SENASA.
Que por las razones precedentemente expresadas resulta imprescindible la permanencia de la delegación del SENASA en el Municipio de Oberá y para ello se solicita al Honorable Concejo Deliberante la Autorización pertinente para: celebrar un Contrato de Comodato con dicho Organismo, proporcionar un inmueble y gestionar la edificación de una (1) o dos (2) viviendas de madera destinadas a ser oficinas administrativas y depósito de expedientes de la entidad. Así como también se solicita la autorización para destinar recursos humanos municipales para la edificación de las citadas casas y la posibilidad de asumir los costos de los servicios básicos con que cuenten dichas oficinas, hasta la medida de un uso razonable de los mismos.
Por ello: El Concejo Deliberante del Municipio de Oberá Sanciona con
Ordenanza:
Artículo 1º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar formal Contrato de Comodato con el Organismo Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), dependiente del Ministerio de Agroindustria de la Nación, respecto del inmueble propiedad de la Municipalidad de Oberá sito en la avenida Beato Roque González Sur entre Parque Nacional Bairitú y Avenida Ucrania designado según Catastro Municipal como: DEPARTAMENTO OBERÁ (55), SECCIÓN 08, PARCELA (50), y según Título como: Colonia Bonpland a Yerbal Viejo, Sección III, Lote Agrícola Setenta (70), Fracción “F”, Lote o Solar “2 C”, constante conforme a Plano de Mensura 17.153 de fecha 04 de Marzo de 1981 de 716,50 m2, a fin de ser utilizado por el SENASA como oficina de atención al público y depósito de expedientes, por el término de veinte (20) años, prorrogables automáticamente por otros diez (10) años.
Artículo 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a:
- a) Gestionar antes las autoridades provinciales la provisión de una (1) casa de madera de dimensiones apropiadas o en su defecto dos (2) de ellas, para ser edificadas en el inmueble mencionado en el artículo precedente, y estando destinadas al funcionando de la oficina administrativa y depósito de expedientes del Organismo Nacional. En caso de no ser oportunamente provista/s por el gobierno provincial el Departamento Ejecutivo Municipal adquirirá dicha/s vivienda/s de madera mediante un procedimiento de compra ágil y transparente.
- b) Destinar recursos humanos municipales a la tarea de edificación e instalación de la infraestructura edilicia mencionada en el inciso anterior.
- c) Asumir los costos de servicios de energía eléctrica, agua potable, internet y teléfono fijo que insuma el funcionamiento de las nuevas oficinas administrativas edificadas, hasta la medida propia de un uso razonable de los mismos y por el término que dure el contrato de comodato.
Artículo 3º: OBLÍGUESE como condiciones de los beneficios otorgados en la presente Ordenanza al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), que:
- a) La delegación Oberá del SENASA deberá funcionar en inmueble individualizado en el artículo 1.
- b) Que el Organismo Nacional se comprometa a hacer todos sus esfuerzos posibles para que, cuando su situación presupuestaria así lo permita:
1) En la Delegación Oberá, a la actualmente existente área de Sanidad Vegetal, se adicionen las restantes áreas de Sanidad Animal, de Calidad e Inocuidad y de Legales.
2) Se abonen, parcial o totalmente, las futuras erogaciones que insuman los servicios mencionados en el inciso c del artículo 2.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Publíquese, Regístrese y Archívese.
