OBERA. “No es una acusación, es un relato infundado, prejuicioso y estrictamente nulo”. Así calificó Roxana Rivas y Eduardo Paredes, defensa de Victoria Aguirre la acusación de la Fiscal Salguero según describió la periodista de CTA, Alicia Rivas.
En este marco agravo la calificación para ambos. Homicidio doblemente agravado para Victoria y agravado para Lovera. Pidió perpetua para los dos. El juicio se prorroga hasta el jueves 21 de diciembre.
(Por Alicia Rivas) Victoria Aguirre deberá esperar una semana para conocer la sentencia en la causa que investiga la muerte de su hija Selene. Este viernes, sentada junto a sus defensores, debió escuchar el alegato de la Fiscal Estela Maris Salguero de Alarcón, un recorrido prejuicioso, misógino y violento sobre su vida y sobre su vínculo con la niña. Este domingo cumple 25 años “tenía muchas ganas de pasar en libertad con mi familia” lamenta ella.
“Toda la vida de Victoria fue una mentira”, se animó a concluir la Fiscal y avanzó en un relato cargado de estereotipos y discriminación. “Victoria vivía con sus padres, ellos cuidaban de la nena mientras ella estudiaba, cuando la madre no pudo cuidarla porque tenía un problema de salud le pusieron una niñera, y vivían holgadamente bien digamos del trabajo de los padres, ella estudiaba, sin embargo dejó todo eso para irse a vivir con Lovera y esto viene al caso porque ella dice que su bebe es lo mejor que le pasó en su vida, que le cuidada y le protegía, lo dice también su hermana que hizo un extenso testimonio de las cualidades de Victoria, del cuidado ejemplar, del cuidado que le daba a su hija, pero dejó todo eso de lado y se fue a vivir con Lovera, Lovera no tenía casa, no tenía cama, no tenía heladera y así cuidaba a su hija”.
La mirada de Victoria
Victoria Aguirre escuchó atentamente los alegatos, “para mí la acusación de ella es sin fundamento, me pareció ilógico porque cómo ella va saber de mi vida pasada, para empezar decir que mi vida es una mentira, entonces qué no existo en una gran pregunta que me hago, si mi hija era un estorbo no la iba a llevar, iba a dejarla, no me iba a importar, para lo que ella diga no me afectó en nada, porque yo sé que están la pruebas que confirman lo que yo dije en un primer momento”.
Agregó Salguero, en una muestra explicita de desconocimiento de su obligación de juzgar con perspectiva de género, “estando ya de novia iba a la arenera a estar con Lovera, esta situación a los padres no le gustaba, porque le decían, no le gustaba que ella volviera al otro día a su casa. Victoria llegaba al otro día a su casa, entonces todo esto demuestra que no era tan madre ejemplar, ni tampoco le profería tanto cuidado a su hija”.
Obligados a defender y juzgar con perspectiva de género.
Los funcionarios judiciales están obligados a incorporar perspectiva de género en los procesos judiciales, lo impulsa la propia Corte Suprema de Justicia a través de la Oficina de la Mujer y los programas de capacitación que brinda en todo el país. No es materia opinable, no es una opción, es una obligación para garantizar el cumplimiento de la legislación vigente producto de los tratados internacionales que incorporó nuestro país a partir de la Reforma Constitucional de 1994.
La Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer en su artículo 8 explicita “que los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para: (…) fomentar la educación y capacitación del personal en la administración de justicia, policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de la ley, así como del personal a cuyo cargo esté la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer”.
No debería quedar a criterio y arbitrariedad de la Fiscal, está conminada a juzgar con perspectiva de género. Para Eduardo Paredes abogado defensor de Victoria “el alegato es una acusación infundada y prejuiciosa, básicamente nulo”.
“El problema de la fiscal y todo el caso es que no se sabe cómo murió Selene, llena los huecos con cualquier cosa que se le ocurra, ella construye la imputación diciendo que Victoria era descuidada, en base al testimonio de Dino y el de hijo, testimonios que se anularon mutuamente y son inválidos, no son contratables porque son falsos testimonios, el mismo tribunal los excluyó. Después se apoya en lo que ve la médica, que dice que tenía algunas lesiones que no las vio riesgosas, claramente omitió lo que dijo el médico que hizo la autopsia, que dijo esta era una niña bien cuidada, no tenía el síndrome de niño maltratado, para saltar eso se le ocurrió decir que estos últimos días vio lesiones porque ella fue a vivir con Lovera y se volvió un estorbo la hija y por eso la mataron, no dice cómo elaboraron el plan de matar, no dice como distribuyeron los roles, estrictamente eso es nulo”.
“La violencia de género no existe”
La Fiscal desestimó con total liviandad el testimonio de Victoria, dijo que quedó totalmente desacreditada la violencia de la cual fueron víctimas ella y su hija las 2 últimas semanas de enero del 2015, siquiera indagada, como está obligada, en la situación que denuncia Victoria. Siguió buscando en el expediente testimonios que den cuenta de su condición de “mala madre”, los buscó en la familia de Lovera, la madre, la hermana, los amigos, todos testigos que reconocieron haberla visto entre 1 y 3 veces a Victoria por lapsos mínimos, además son testigos interesados en mejorar la situación de Lovera. “Valora estos testimonios para definir a Victoria, para calificarla como madre, cae y recae en lo que se llama violencia simbólica”, remarca Roxana Rivas defensora de Victoria.
“No sé lo que piensa, quizá ella nunca vivió violencia o vivió y lo quiere ocultar, pero a mí lo que me pasó nunca en mi vida me había pasado, cómo me castigó este hombre, pero lo que más me dolió es que me sacó a mi hija, eso es lo que más me duele” agregó Victoria.
Doble cadena Perpetua.
En tanto Salguero dio por acreditado que tanto Victoria y Lovera mataron a la nena, no describió cómo, cuándo, introdujo un caño como posible elemento con el que la mataron, nunca apareció un caño en el expediente. Agravó las calificaciones con las que venía el caso, desde la etapa de instrucción; para Victoria: “Homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía”, y para Lovera: “Homicidio agravado por alevosía”. Pidió cadena perpetua para ambos.
“El agravamiento, la alevosía es matar sobre seguro, el problema es que está mal calificado, en todo caso serían coautores de homicidio calificado, confundieron el artículo 48 del código penal, no lo saben leer, acá le agregó la alevosía que es matar sobre seguro, le agregó ese agravando, de paso lo califico a él también, a él porque estaba con homicidio simple. Ese agravante tampoco va, porque acá no es que vos aprovechaste el momento de matar con seguridad, la nena era discapacitada no tenía ninguna posibilidad, siempre estaba indefensa, moverle a la arenera para matarle sobre seguro” prosiguió Paredes “Si uno hila fuerte es nulo, le puede decir, el juez, por favor reformule la acusación describiendo como hicieron la muerte y la distribución de roles, si vos sos juez y le decís eso, la fiscal entra en una crisis fenomenal”.
El debate se prorroga hasta el jueves 21 de diciembre a raíz del pedido de la defensa de Rolando Lovera, pedido al que adhirieron los defensores de Victoria.
“La fiscal está describiendo algo genérico, porque dice: los dos en forma alevosa mataron a Selene esa noche en la arenera, pero no respalda su imputación con pruebas que explique cómo realmente se cometió el delito. La sana práctica indica que ese calificativo no va a ser tenido en cuenta por el Tribunal, porque no se sostiene” apuntó Martín Moreira defensor de Lovera.
La perspectiva de género como herramienta.
La ex diputada María Elena Barbagelata, integrante de la comisión que analizó la reforma del Código Penal destaca que “Analizar un caso desde la perspectiva de género tiene un impacto diferenciador que puede conducir a rebatir argumentos discriminatorios antes naturalizados y a valorizar pruebas antes desdeñadas y a revelar las falencias que impregnan los procesos judiciales de todos los fueros, en particular en causas relacionadas con la violencia contra la mujer, que podemos enunciar en :
1 Tendencia a minimizar situaciones de violencia.
2. Falta de ponderación de los antecedentes de violencia de género que explican la actitud de la mujer golpeada.
3. Desconocimiento del ciclo de la violencia doméstica y las modalidades en que se ejerce (de manera continuada y múltiple).
4. Falta de análisis sobre las consecuencias de fuertes situaciones de sometimiento (aislamiento-dependencia económica-baja autoestima-relaciones de dominación) que limitan el ámbito de libertad y autodeterminación.
5. Tendencia a considerar que los hechos de violencia dentro del hogar o en el marco intrafamiliar, deben permanecer ajenos al ámbito penal y quedar en la intimidad.
6. Tendencia a no creer el relato de la mujer.
7. Exigibilidad de que la agresión sea actual y el peligro inmediato en casos de lesiones u homicidio, descartando la legítima defensa.
8. Exigencia de conductas heroicas, en particular, entender que la mujer debe soportar la violencia en umbrales mayores a cualquier otra situación de maltrato y no responder ni reaccionar con otra agresión.
9. Mito de que provocó la agresión del marido o pareja.
10 Mito sobre que la mujer pudo poner fin a la violencia con otros medios (por ejemplo irse de la casa)
11 Valoración sesgada de las pruebas por prejuicios de género que en algunos casos no se expresan en forma directa pero que se traducen en una exigencia de estándares superiores a los exigidos por el propio código penal.
