OBERA. La ordenanza fue sancionada el 22 de agosto del presente año y los comerciantes tienen un año para comenzar a usar las bolsas biodegradables, y según el presidente del legislativo local, Ariel Chaves, no podrán vendérsela a los clientes.
ARTÍCULO 1º: SUSTITÚYASE el uso de bolsas de material no biodegradable (polietileno) para contener las mercaderías, materiales o productos expedidos por los supermercados, almacenes, comercios y/o industrias en general del municipio de Oberá. Los elementos contenedores de mercaderías que empleen los comercios no tendrán costo alguno para los consumidores.
La mayoría de los grandes supermercados locales comenzaron este año a vender las bolsas de polietileno, es decir las comunes, que además llevan sus logos. La ordenanza no prohíbe ni establece la venta de actuales bolsas, en realidad se trata de una medida que han tomado los comerciantes por su cuenta «para proteger al medio ambiente» a pedido del municipio a principios de este año.
Durante la 36° Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante obereño se dio ingreso a un pedido de la Cámara Regional de Industria, Producción y Comercio de Oberá para que se modifique Ordenanza N° 2598.
Al respecto Chaves comentó que asistió a una reunión convocada por la CRIPCO donde los señores empresarios le explicaron que consideraban que al cobrar las bolsas la gente las utilizaba en menor cantidad, “los comerciantes alegan que cobrando disminuye el consumo y obviamente la contaminación.
El espíritu de la norma es para que los comerciantes comiencen a utilizar las bolsas biodegradables, es decir nosotros vamos a disminuir la contaminación que es el espíritu de la norma, utilizando la bolsa biodegradable que es lo que les estamos pidiendo desde el ejecutivo desde donde vino el proyecto y los concejales. Puede disminuir el consumo, pero no significa que disminuye la contaminación. A partir de esa ordenanza le hemos dado un año de plazo para que los señores comerciantes puedan adaptarse y comenzar a utilizar ese tipo de bolsas que no daña tanto el medio ambiente”, explicó Chaves.
Sobre el cobro de las bolsas plásticas en los comercios Chaves manifestó, “la ordenanza es clara, no deben cobrarse. En el artículo 1° dice perfectamente que nosotros les damos un plazo, pero que no cobren las bolsas. No coincido con los comerciantes que dicen que cobrando la bolsa se ocupa menos. Bregamos y llamamos a contribuir para que cada persona lleve su bolsa al supermercado para cargar sus comprar, también pueden hacerlo en cajas. Pero en las bolsas el comerciante hace publicidad con una identificación del comercio y además les cobra a los consumidores, eso no vamos a aceptar. Lo charlamos entre los concejales y ninguno está de acuerdo con que se cobre la bolsa al vecino”.
Por otra parte, Chaves señaló la preocupación desde el Deliberante por la cantidad de accidentes viales en la ciudad. Al respecto el titular del Legislativo indicó que habló con el Intendente y con el Jefe de la Unidad Regional II a quien le solicito que le envíe un informe de la cantidad de accidentes viales que hubo en ejido durante el año 2017. “Desde el Concejo estamos preocupados sobre que alternativa podemos dar para hacer más seguro uno de los accesos más conflictivos,que es la autovía. Hay gente que no respeta las velocidades máximas, no se respetan inclusive los semáforos en rojo. Lo que no queremos es que haya fatalidades para que recién tomemos conciencia, de tal manera que he hablado con el Intendente, la próxima semana nos estaremos reuniendo con la policía y allí veremos que podemos poner para prevenir accidentes.
El legislador consideró que debería haber mayores controles en distintos puntos de la ciudad, “si tenemos que poner sensores y controles de velocidad, la inversión tendríamos que hacerla y que la gente comprenda que en realidad lo que vale es la vida humana, que no haya un accidente vial más por exceso de velocidad. Eso es lo que preocupa al Concejo Deliberante y por eso convoqué al Intendente para reunirnos y tomar medidas, pero a la brevedad, no podemos seguir esperando que este tipo de accidentes ocurran”, finalizó Ariel Chaves.
¿qué dice la ordenanza completa?
Oberá – Misiones, 22 de Agosto de 2017.
O R D E N A N Z A Nº 2598
– Expte. Nº 279/2016 –
Ref.: “Sustituyendo el uso de bolsas de material no biodegradable (polietileno) para
contener las mercaderías, materiales o productos expedidos por los supermercados,
almacenes, comercios y/o industrias en general del municipio de Oberá”.
V I S T O: “El presente expediente, y”;
CONSIDERANDO: QUE, la bolsa de plástico es un objeto cotidiano utilizado para transportar pequeñas cantidades de mercaderías. Introducidas en los años 70, las bolsas de plástico se hicieron muy populares, a través de su distribución gratuita en supermercados y otras tiendas.
También son una de las formas más comunes de acondicionamiento de la basura doméstica y, a través de su decoración con los símbolos de las marcas, constituyen una forma barata de publicidad para las tiendas que las distribuyen. Su principal materia prima es el petróleo;
QUE, debido al peso que tienen, terminan depositándose en distintos lugares
de la región, como: ríos, arroyos, monte, baldíos, potreros, etc. Lo que afecta al medio ambiente y el turismo;
QUE, probablemente se utilicen estimativamente 200 bolsas plásticas por
persona, las que se utilizan en supermercados, farmacias y multitiendas, y el resto se entrega en almacenes de barrio, ferias y en el pequeño comercio. Cada una de ellas seguirá en la tierra por lo menos dos siglos más, sobreviviendo por bastante tiempo a sus creadores. Esas bolsas son las mismas que actualmente estropean el paisaje, ahogan animales y se acumulan en los vertederos.
Todos sabemos que causan daño al medio ambiente, pero las seguimos usando;
QUE, para tomar conciencia de los residuos que generamos con el uso de
bolsas plásticas es importante destacar que:
a. 1 bolsa de plástico pesa en promedio 5 gramos.
b. Cada argentino usa en promedio 200 bolsas de plástico al año.
c. Hay 100 mil habitantes en Oberá.
d. En el municipio durante 1 año se utilizarán 20.000.000 (veinte millones) de bolsas plásticas, lo que se traduce en 100.000Kg.
e. Si se erradican las bolsas plásticas en el municipio, se dejarán de enviar a rellenos
sanitarios 100 toneladas de residuos anualmente.
f. Viéndolo gráficamente, son unos 25 elefantes (de 4 toneladas cada uno), O 100 autos menos que se envían al relleno sanitario o vertedero todos los años;
QUE, el uso de bolsas reutilizables puede implicar eventualmente tener que
disponer de recursos para adquirir bolsas de otro material, pero en definitiva, importa un ahorro a largo plazo, si se adquiere el habito de reutilizaras;
QUE, en otros países, así como en muchas ciudades de la argentina, han
comenzado ya este proceso de eliminación de las bolsas plásticas, por lo difícil que resulta su biodegradación, y la evidente contaminación que conllevan, causando no sólo un impacto ambiental visual, sino que muchas veces muerte de animales, bloqueo de alcantarillas y desagües, etc;
QUE, intentando encontrar una solución a la contaminación que representan
las bolsas de las grandes cadenas de distribución, doce industriales franceses inventaron una bolsa de plástico que tiene una “vida útil controlada»;
QUE, la nueva bolsa bautizada con el nombre de “Néosac” asocia el
polietileno (PE) a un aditivo que permite transformarlo en materia degradable, y luego bioasimilable;
QUE, a través de un proceso fotoquímico de degradación el Néosac se
fragmenta totalmente en tres meses bajo el efecto de la luz, del oxígeno y del calor. En caso de que la bolsa sea conservada lejos de la luz natural, se fragmentará en un plazo de uno a tres años, hasta volverse invisible a simple vista;
QUE, luego del proceso de degradación sólo queda agua, dióxido de carbono
y biomasa, es decir “ninguna de esas sustancias son nocivas para el suelo, la vida animal o vegetal;
QUE, se ha señalado que el problema no reside en la bolsa de plástico en sí,
sino más bien en el manejo de las cantidades que se producen de las mismas. Sin embargo, si queremos una ciudad limpia, no cabe excusa alguna; la contaminación es también paisajística;
QUE, existen normativa relacionadas al cuidado y protección del medio
ambiente en vigencia actualmente; Capítulo Cuatro de la Carta Orgánica de la Ciudad de Oberá.
Ley nº 3079 responsabilidades y criterios para el uso e implementación de la evaluación del impacto ambiental la Cámara de Representante de la PROVINCIA. Ley Nacional 25.675 de POLITICA AMBIENTAL NACIONAL;
POR ELLO: El Concejo Deliberante de la ciudad de Oberá Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: SUSTITÚYASE el uso de bolsas de material no biodegradable (polietileno) para contener las mercaderías, materiales o productos expedidos por los supermercados, almacenes, comercios y/o industrias en general del municipio de Oberá. Los elementos contenedores de mercaderías que empleen los comercios no tendrán costo alguno para los consumidores.
ARTICULO 2°: Quedan exceptuados de lo establecido en el Artículo 1°, el uso de bolsas no biodegradables para contener alimentos o insumos húmedos, elaborados o pre elaborados, únicamente como continente o envase, y todos aquellos que por razones de seguridad y conservación no puedan reemplazarse por materiales biodegradables.
ARTICULO 3°: La sustitución es de carácter gradual y progresivo en un lapso de tiempo de 12 (doce) meses, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará los medios necesarios en conjunto con la C.R.I.P.C.O., a los efectos de consensuar metodologías de trabajo e intensificar campañas de concientización para la implementación de lo establecido en la presente Ordenanza.
ARTICULO 5°: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la
presente Ordenanza.
ARTÍCULO 6º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo, DÉSE a la Prensa,
PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial del Municipio de Oberá, y Cumplido,
ARCHÍVESE.
