OBERA. En sesión ordinaria de este martes, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la ordenanza que regula y pena a aquellos comerciantes o frentistas que coloquen obstáculos en la calle como «espacio reservado».
Una vez promulgada la misma, poner conos, latas u otros elementos que demarquen un espacio de estacionamiento reservado implicará una multa de 10 UF, establecido por el Artículo 84 de la Ley Nacional Nº 24449, es decir el equivalente en pesos a 10 litros de nafta súper que hoy está entorno a los 25 pesos en surtidor.
Quedan exceptuados los espacios expresamente autorizados como los espacios para carga y descarga, obras en construcción o cualquier otra situación que amerite la interrupción momentánea del tránsito vehicular y estacionamiento.
La ordenanza exige que los contribuyentes abonen un canon en la Municipalidad para poder disponer de un espacio reservado frente a su propiedad.
Por otro lado, se modificó la ordenanza 2135 sancionada en 2012 que prohíbe ofertas de saleros en bares, restaurantes y/o Comercio de Comidas. Estas casas gastronómicas, aunque no pueda exhibirlos, deberán tenerlos a disposición si el cliente lo pide.
