MISIONES. Luego de la presentación ante el Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia y el Racismo (Inadi) se conoció el pasado 17 de agosto el fallo de dicho organismo a favor de la secretaria general de la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (Udpm), Stella Maris Leverberg quien en el año 2015 presentó una denuncia contra el dirigente Rubén Ortíz por declaraciones públicas ofensivas hacia Leverberg.
El Resumen del Dictamen Nro. 433-16 contra Ortiz dice “el Sr. Instructor de la Dirección de Asistencia y Asesoramiento Inadi-dependiente del Ministerio de Justicia y DD.HH. de la Nación, comunica a la directora general, las conclusiones arribadas en la denuncia iniciada por Stella Maris Raquel Leverberg contra el Sr. Ruben Ortiz, con el objeto de que se determine si los hechos y expresiones denunciadas, encuadran dentro de las previsiones de la Ley Nro. 23.592 (B.O. 5/9/88).
Las mismas concluyen que “en las manifestaciones vertidas por el Sr. Ortíz, es claro que hay un uso peyorativo de la palabra vedete”.
“Tales afirmaciones, resultan discriminatorias, ya que, vehiculizan prácticas que reproducen estereotipos de género socialmente arraigados”
“…es menester prestar especial atención a la violencia simbólica que cotidianamente la sociedad expresa, máxime aún, cuando se hace en medios masivos de comunicación.”
“Por los motivos expuestos, considero que utilizar la palabra «vedete», de la forma que lo hizo el Sr. Ortíz, toda vez que reproduce estereotipos de género que vehiculizan prácticas discriminatorias, encuadra en los términos de la Ley N° 23.592, normas concordantes y complementarias precedentemente citadas, como conducta discriminatoria”.
