Impuesto a los bienes ociosos: Presentaron proyecto para tierras deshabitadas

POSADAS. El Bloque de Diputados del Partido Agrario y Social presentó al Cámara de Representantes, un Proyecto de Ley, a través del cual solicita la incorporación de los inmuebles ociosos que se encuentran en Municipios de Posadas, Oberá, Eldorado, San Vicente y Puerto Iguazú, públicos y privados, a un efectivo uso residencial, cultural, de bien común o público y social, para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la vivienda y al hábitat adecuado y sustentable de los habitantes de los Municipios mencionados, y dar pleno cumplimiento al principio de la función social y ambiental de la propiedad.

El diputado Martín Sereno, autor de la norma -en la que acompaña su par, Héctor Bárbaro- señala que «el ejercicio del derecho de propiedad, la posesión, la tenencia o cualquier título jurídico de uso y disfrute de un inmueble, debe cumplir con una función social y ambiental y deberían ser utilizados priorizando ese interés»

Especificó que se considera un inmueble ocioso a aquel que está deshabitado o no es utilizado en forma permanente, sin causa justificada, por el plazo de seis meses. «Mediante esta ley el propietario podrá justificar los hechos descriptos de acuerdo a lo que establezca la reglamentación de esta norma», indicó.

Impuesto que grave la tenencia de bienes ociosos
El Proyecto de Ley apunta a la implementación de un impuesto que grave la tenencia de estos bienes en estas ciudades más habitadas de Misiones: Posadas, Oberá, Eldorado, San Vicente e Iguazú, con el fin de inducir cambios en las conductas y movilizar la oferta de suelo urbano. «Planteamos que el cobro de este impuesto promoverá usos del suelo compatibles con su función social y económica. También limitará el encarecimiento injustificado de la urbanización que restringe el acceso al suelo y a la vivienda. Favorecerá la canalización de ahorros a inversiones socialmente más productivas que la inmobiliaria. Estos factores impactarán mejorando la competitividad local y la calidad de vida de la  población, promoviendo el bienestar social».

El Proyecto de Ley expresa que el Estado tiene la potestad para limitar los alcances del derecho de propiedad privada, reconociendo que existen restricciones derivadas del interés general de la comunidad que están por encima del interés particular.

Un bien urbano que se mantiene ocioso por decisión arbitraria del propietario, está incumpliendo la función social y económica que le es inherente: dotar de espacio para actividades productivas y reproductivas, y que sea activo para el desarrollo.

El encarecimiento de la ciudad y del suelo urbano, promueve la informalidad de los asentamientos urbanos, lo que a su vez genera un círculo vicioso entre la extensión y la informalidad.
Además de problemas de financiamiento para los Gobiernos locales, porque aumenta la demanda de servicios; pero no siempre aumenta la base fiscal en la misma proporción.

La crítica situación habitacional de Misiones es estructural
El impuesto a los bienes urbanos ociosos protegería los derechos de la comunidad a un desarrollo adecuado y sustentable y evitaría socializar costos de decisiones privadas. Al no poder ser trasladado por el propietario, no generaría distorsiones en el resto de la economía. El efecto del impuesto sería el de ampliar la oferta de suelo, promoviendo bajas en su precio e impactando tanto en el acceso al suelo por parte de las familias como en la estructura de costos de todas las actividades productivas.

El déficit habitacional es del 43.76%, lo que implica que 132.581 familias que se encuentran en esa situación que requieren como mínimo la incorporación de lotes con infraestructura con servicios. Se estima que 10.000 familias viven en situación de informalidad en áreas urbanas y rurales, ocupando tierras públicas o privadas.

Hay ciudades donde se están perdiendo los espacios verdes y públicos, a raíz de la construcción (en la mayoría de los casos del sector privado y fomentando la especulación inmobiliaria) de grandes edificios, que contraponen cemento al espacio verde.

Intervención del Estado
El legislador del PAyS sostuvo que es necesaria la intervención del Estado regulando la situación de los inmuebles ociosos que hay en la ciudad. «Las viviendas ociosas ya generaron un costo económico y ambiental que en esa condición se torna un pasivo social y un despilfarro irracional de recursos escasos, como el suelo, la energía, los materiales, y el trabajo invertidos.

En Misiones, el 40% de la población tiene menos de 18 años. Éstas familias carecen del servicio de agua potable, y quienes acceden al servicio eléctrico lo hacen informalmente. Por lo tanto, la única forma de asegurarle servicios básicos es a través del agrupamiento en áreas urbanas lo más próximo a su actual localización», dijo.

«Que no exista casas sin gente, ni gente sin casas»
El diputado Sereno destacó que los conflictos que visualizó el PAyS, y, de los cuales «fuimos parte de su solución, en cuanto a los desalojos que se sucedieron en distintos puntos de la provincia, pero mayoritariamente en la ciudad capital; justamente los vecinos, jóvenes entre 18 y 35 años, refieren que llegaban a éstos lugares por no poder pagar alquiler; donde la población supera altamente a la media provincial de 18 años. A esto se le agrega el bajo nivel de empleo, de escolaridad inicial, primaria, secundaria y de asistencia de salud, sumado la tarifa de luz y agua que se disparó en éstos últimos meses, hacen que el alquiler social sea una solución material para estas familias».

Este mecanismo que se plantea en el Proyecto de Ley, permitirá que los terrenos que se encuentran ociosos, no sigan generando especulación inmobiliaria dejando grandes espacios e inmuebles inutilizados, donde como contrapartida, el déficit social existe y se agravara inexorablemente. «Creemos que es fundamental que desde el Estado, en Misiones comience a tener una actitud activa sobre esta problemática ya que la situación habitacional lo amerita, donde no exista ni casas sin gente, ni gente sin casas», remarcó.

Objetivos de la Ley
Algunos de los muchos objetivos que propone la Ley es incorporar en la normativa de la provincia la función social y ambiental de la propiedad; realizar relevamientos periódicos sobre el uso de los inmuebles para contar con estadísticas actualizadas.

Crear el impuesto a los inmuebles ociosos tomando como base el impuesto territorial, y el Fondo para Políticas de Vivienda; administrar los inmuebles que sean cedidos por particulares para incorporarlos al alquiler, declarar la utilidad pública de la ocupación o uso temporario de un inmueble declarado ocioso cuando se encuentre desocupado por el término de un año.

Establecer líneas de crédito para la rehabilitación de inmuebles y beneficios impositivos para los propietarios que incorporen sus viviendas al mercado de alquiler.

La autoridad de aplicación se hará con la creación de una Oficina de Bienes Inmuebles de Misiones (OBIM), y en ese ámbito está previsto crear el Registro Público de Titulares y usos de los bienes inmuebles de la ciudad.

El Registro deberá buscar, producir y sistematizar información de cada uno de los inmuebles de los municipios mencionados, como el uso efectivo dado a cada inmueble, su condición de ocioso y la titularidad; la relación jurídica de los ocupantes (alquiler, préstamo, propietarios, etc), los contratos de alquiler, la tipología de cada inmueble: metros cuadrados, cantidad de ambientes, características y su categoría correspondiente y el estado de conservación y mantenimiento, entre otras cuestiones.

 

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