Víctimas menores de abusos ahora tendrán garantizada la pensión

POSADAS. Se aprobó la modificación de la ley que otorga pensiones graciables de asistencia a víctimas menores de delitos contra la integridad sexual, la cual en su redacción actual dispone que el beneficio se torne operativo desde el momento en que quede firme el “auto de procesamiento”, el que ha sido eliminado con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal.

Para garantizar el cumplimiento del objetivo de esa norma, se establecieron dos momentos del proceso penal para el inicio del beneficio: el auto de prisión preventiva o cuando el imputado queda en libertad provisional.
De esa manera estarán cubiertas las situaciones de sobreseimiento por muerte del imputado, inimputabilidad, justificación o exculpación, o cuando no el autor no haya sido identificado.
“Las víctimas podrán acceder al beneficio cuando el ‘injusto’ se haya configurado, más allá de la autoría, exculpación o no punibilidad”, explicó la diputada Claudia Gauto, autora del proyecto, quien citó al Papa Francisco para resaltar el sentido de la norma: “se trata de hacer justicia a la víctima, no de ajusticiar al agresor”.

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