MONTECARLO. Desde el Movimiento Pedagógico de Liberación solicitaron al Consejo General de Educación que informe respecto a los descuentos de haberes por días de huelgas que se practicaron durante el presente ciclo lectivo y cuáles son los parámetros utilizados para realizarlos…»nos permitimos manifestar lo siguiente» reza la misiva dirigida a al Director General, Mauricio Maidana:
– Que los descuentos en los haberes han sido de manera discriminada, a un grupo de trabajadores.
– Que existe una manifiesta arbitrariedad al aplicar los descuentos por paros realizados por los sindicatos que no son afines al poder político gobernante, a pesar de haberlos convocados de acuerdo a las normativas.
– Que en el caso del paro de la UDPM, funcionarios del C.G.E. han recorridos las escuelas y hasta han intimidado a los trabajadores que realicen el paro porque este no iba a ser descontado por expresa directiva de las autoridades del C.G.E.
– Que se intimida a los trabajadores con comunicados tergiversados, invocando un fallos de la CSJN que no se aplica a la realidad, pues es de nuestro conocimiento que todos los sindicatos que han convocado a medidas de acción han realizado los tramites de inscripción gremial y, en todo caso es el estado, quien debe garantizar la libertad sindical, quien no cumple con su obligación.
– Que así también el Estado provincial no cumple la garantía constitucional de habilitar un registro para los sindicatos con injerencia exclusiva en la provincia y si pretende castigar, ya lo hace con los descuentos arbitrarios, al que hace uso de un derecho que se encuentra establecido en la misma constitución.
– Que en el comunicado aclara que el derecho de huelga pertenece a los sindicatos con personería gremial o simplemente escrito y, es conveniente aclarar que hemos cumplimentado con lo establecido por las normativa vigente y en todo caso el que eta en falta es el organismo de aplicación por lo que en todo caso el patrón debería haber la denuncia correspondiente para dilucidar cualquier cuestión y no pretender utilizar practicas propias de los gobiernos autoritarios.
– Que al hacer descuentos de manera compulsiva sin discriminar los días descontados para dilucidar quién convoco a los días de paro y la mayoría han sido convocado por la central de trabajadores, CTAA, que hasta hace unos años atrás abarcaba al sindicato de UDPM dentro de sus sindicato base y después de la fractura, la corte suprema reconoce la legitimidad a las dos centrales escindidas.
– Que si se garantiza a los afiliados de un sindicato que no habrá descuentos a las medidas de fuerza ejecutadas por ellos además de comunicar públicamente el no descuento y, al descontar otros días de huelgas en las mismas condiciones se estaría ante un acto manifiesto de discriminación y abuso de poder por partes de las autoridades educativas.
– Que al aplicar descuentos de manera discriminada se estaría ante una medida que busca disciplinar a trabajadores, pues el principio de igualdad se expresa a través del derecho a recibir un trato igualitario frente a la identidad de circunstancias y opera como límite frente a la arbitrariedad.
Por todo lo expresado, solicitamos a las autoridades educativas la aclaración de los días y mes que corresponden los descuentos de haberes por adhesión a huelgas que se han practicados, para poder efectuar los reclamos pertinentes y/o solicitar la devolución de los montos retenidos.
Solicitamos, visto la característica del caso el carácter de pronto despacho, como asimismo reservamos el derecho de acudir a los distintos organismos para plantear lo aquí expresado.
